Conceptos Fundamentales

Algunos conceptos necesarios para entender el Sistema Único de Direcciones.

¿Qué es una dirección geográfica?

El Decreto 160/022 “Creación del Sistema Único de Direcciones”, plantea la siguiente definición:

La dirección geográfica es un tipo de información pública que mediante un conjunto de datos estandarizados permite la determinación inequívoca de un objeto con el propósito de identificación y ubicación.

¿Qué es una dirección interna?

El Decreto 160/022 “Creación del Sistema Único de Direcciones”, plantea la siguiente definición:

Información pública que complementa la dirección geográfica para la determinación del acceso principal a cada vivienda, local o combinación de ambos cuando éste se ubique dentro de un lote de uso privado compartido (incluye datos como bloque, torre, piso y número de apartamento, unidad o local, etc.)

¿Qué es un sistema nacional de direcciones?

Un sistema nacional o regional de direcciones como un ámbito de coordinación estatal (que puede contar con participación de la sociedad civil, sea organizada o no), que busca mantener actualizadas y con alto nivel de confianza las direcciones que se ubican en su territorio, y disponerlas para su uso público. Se suele utilizar como sinónimo el concepto de infraestructura de direcciones, que es el conjunto de elementos, dotaciones y servicios que permite la gestión de las direcciones en el territorio nacional. Los principales elementos que conforman esa infraestructura son la red vial y los números de puerta, provistos por medio de servicios de consulta.

¿Qué es un domicilio?     

En el Código Civil Uruguayo, se brindan las siguientes definiciones de domicilio:

“El domicilio civil refiere a una sección determinada del territorio del Estado, y consiste en la residencia, acompañada, real o presuntivamente, del ánimo de permanecer en ella;

El domicilio de las corporaciones, establecimientos y asociaciones reconocidas por la autoridad pública, es el lugar donde está situada su dirección o administración, si en sus estatutos o en la autorización que se les dio, no tuvieren su domicilio señalado.”

Etiquetas