Anuario Estadístico Nacional 2023. Volumen N° 100

Definiciones 6.1

Sub Capítulo 6.1

Sector Público

A continuación presentamos algunas consideraciones a tener en cuenta para comprender mejor los cuadros presentados en este sub-capítulo.

La información es proporcionada por el  Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a través de la Contaduría General de la Nación (CGN)

Glosario de términos

Gobierno Central

Órganos u Organismos de la Administración Pública que cumplen las funciones tradicionales del Estado y están sometidos a un régimen uniforme y centralizado en materia presupuestal, de ordenamiento financiero y hacendístico (incluye los incisos 1 al 26 del Presupuesto Nacional vigentes al 31/12/82).

Gobierno Central Consolidado

Comprende al Gobierno Central y a todos los órganos y organismos integrantes del sistema público de la Seguridad Social.

Gobierno General

Comprende al Gobierno Central Consolidado y los Gobiernos Departamentales.

Ingreso o recurso público

Entrada por pagos no recuperables, con contraprestación o sin ella, de naturaleza tributaria o no tributaria, percibida por una persona de derecho público.

Ingreso o recurso público de naturaleza tributaria

Prestación pecuniaria que el Estado exige, en ejercicio de su poder de imperio, con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines (Código Tributario Art.10 inciso 1). Comprende: impuestos, tasas y contribuciones especiales.

Ingreso o recurso público de naturaleza  no tributaria

Entrada de carácter no coactivo del Estado, que éste obtiene explotando, vendiendo o arrendando su patrimonio e ingresos provenientes de la aplicación de sanciones. Comprende entradas originadas en las actividades que desarrolla el Sector Público fundamentalmente a través de las Empresas Públicas como así mismo los recursos correspondien­tes a personas de derecho público en cuanto implican una contraprestación (precio) o una transferencia unilateral.

Gasto público

Egreso no recuperable, con o sin contraprestación, para fines corrientes o de capital, efectuados por una persona de derecho público.

Gasto público corriente

Egresos en remuneraciones, prestaciones sociales, servicios y bienes de consumo que contribuyen al normal funcionamiento y cometidos de las administra­ciones públicas.

Gasto público de capital

Egresos para la adquisición de activos fijos e intangibles, incluyendo tierras y edificios, con excepción de aquellos destinados a fines militares. Estos gastos representan un incremento directo del patrimonio público.

Gasto de inversión

(Concepto utilizado en el Plan de Inversiones). Se considera como inversión real todo gasto para la producción, adquisición, reposición o ampliación de activos cuya vida útil exceda el ejercicio anual, destinados a la elaboración de bienes y prestación de servicios.

Deuda pública

Es el saldo de las obligaciones de la Administración Pública con residentes y no residentes, que se originan por la obtención de préstamos o la emisión de valores públicos.

Deuda pública externa

Es el saldo de las obligaciones asumidas por la Administración Pública con no residentes. Incluye deudas con Gobiernos Extranjeros, Organismos Multinaciona­les, Instituciones Financieras extranjeras y el circulante de valores públicos en moneda extranjera emitidos por el Gobierno, con excepción de la tenencia de los mismos por Bancos de Depósito.

 

 

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