Abogados de la Inspección General del Trabajo tendrán régimen de exclusividad
El proyecto de Presupuesto Nacional prevé que los abogados de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social pasen a tener un régimen laboral de exclusividad, similar al de los inspectores. El titular de la repartición, Gerardo Rey, explicó que esta modificación es parte de la modernización de gestión, que incluye la informatización del proceso de control, la simplificación de trámites y la renovación de la flota.

En caso de aprobarse el proyecto de ley de Presupuesto Nacional para el quinquenio de gobierno en curso, ya presentado a consideración parlamentaria, los abogados de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social (IGTSS) deberán optar por un nuevo régimen laboral.
El artículo 445 del proyecto prevé que los abogados de la IGTSS pasen a tener el mismo régimen que los inspectores de trabajo.
De esta forma, se completa la transformación iniciada en 2007, la cual estableció que los inspectores del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social no pueden realizar ninguna otra actividad remunerada u honoraria excepto la docencia.
Rey explicó esta modificación en ocasión de la presentación ministerial ante la Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda de la Cámara de Representantes.
Indicó en ese ámbito que esa modificación forma parte de una modernización de la gestión de la IGTSS, que incluye la informatización de todo el proceso inspectivo, como realizar los controles con tabletas que contarán con toda la información necesaria, además de la simplificación de trámites, al unificar la planilla de trabajo con la nómina del Banco de Previsión Social, así como la renovación de la flota que está en curso.
El régimen actual permite que los abogados de la Inspección realicen otro tipo de trabajo, incluido el asesoramiento a empresas o sindicatos, algo que se busca evitar con este artículo, sostuvo.
A partir del 1 de enero, en caso de aprobarse esta norma, los abogados deberán optar por el nuevo régimen de trabajo que incluye también pasar de cumplir seis horas diarias de labores a ocho, o continuar desempeñando funciones en otras áreas del ministerio.