Administración Central eliminó solicitud de jura de la bandera y de partida de nacimiento
El prosecretario de la Presidencia, Diego Cánepa, junto al director ejecutivo de AGESIC, José Clastornik, presentaron en la Torre Ejecutiva el nuevo marco normativo de Gobierno Electrónico, cuyos dos pilares son la simplificación de trámites y la transparencia. Cánepa adelantó que, como parte del proceso, el Estado no solicitará para el inicio de un trámite ni la jura de la bandera ni la partida de nacimiento.

Cánepa señaló que el Gobierno impulsa la necesidad de la simplificación de trámites en la Administración Central. Informó que el Poder Ejecutivo firmó un decreto que brinda el marco para la interoperatibilidad entre todas las instituciones estatales para que, de forma electrónica, los datos que necesitan varios organismos estén disponibles para todos. Esto permite la simplificación de trámites: “a partir de este decreto no se va a pedir el certificado de nacimiento, siempre que no sea para probar algún elemento filiatorio, para todos los demás trámites no será necesario porque ese dato ya lo tiene el Estado”, dijo Cánepa a la prensa.
También destacó que la jura de la bandera es el otro trámite que no será solicitado a los profesionales y técnicos. Además, de aquí a 180 días, los ministerios deberán planificar cuáles trámites serán simplificados de forma electrónica, añadió Cánepa.
Por su parte, el director ejecutivo de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC), José Clastornick, dijo que el próximo decreto a firmarse, en el marco de esta iniciativa, servirá como organizador de la actividad estatal electrónica, de una manera similar a la que se desempeña el Decreto 500/991.
La meta establecida por la Agenda Digital de Gobierno Electrónico es para que en 2015 el 80 % de los trámites más utilizados de la Administración Central estén disponibles en línea. Está previsto, además, un servicio de notificaciones y comunicaciones electrónicas con el ciudadano.
El Decreto 177/013 establece para los organismos de la Administración Central el deber de simplificación, el deber de publicación y el deber de supresión de trámites y servicios. El Decreto 178/013 reglamenta los artículos 157 a 160 de la Ley 18.719 relativos a la regulación en el intercambio de información entre entidades públicas, estatales o no estatales.