Carga tributaria

Aporte a las relaciones comerciales y de inversión entre Uruguay y Malta

El Poder Ejecutivo remitió a la Asamblea General el proyecto de ley mediante el cual se aprueba el convenio entre Uruguay y Malta para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, firmado el 11 de marzo en Roma.

Edificio del Ministerio de Economía

El convenio se aplicará a las personas que sean residentes de uno o ambos estados contratantes.

Incluye a todos los impuestos que gravan la totalidad de la renta y el patrimonio; y los impuestos sobre las ganancias derivadas de la enajenación de la propiedad mobiliaria o inmobiliaria, los importes totales de los sueldos o salarios pagados por las empresas, así como los impuestos sobre las plusvalías.

En Uruguay los impuestos en los que se aplicará son: el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR), Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) y el Impuesto al Patrimonio (IP).

También se aplicará a impuestos idénticos o sustancialmente similares que se establezcan con posterioridad a la fecha de la firma, donde se añadan impuestos actuales o se sustituya a los ya existentes. En el caso de suceder esto, las autoridades competentes de los estados contratantes notificarán las modificaciones significativas que se hayan realizado en sus respectivas legislaciones fiscales.