Bonomi: Hay que modificar edad en que hijos estén con madres en unidades penitenciarias e impulsar un sistema intermedio
El ministro del Interior, Eduardo Bonomi, considera necesario impulsar un análisis legal pertinente a modificar la edad en que los hijos acompañen a madres privadas de libertad. “La edad máxima debe ser dos años y no ocho como ahora, subrayó. También indicó que se debe analizar imponer un sistema intermedio entre unidades de menores y de mayores para evitar contagio de malas conductas carcelarias.

“Las limitaciones del protocolo surgen de que se necesita, a mi juicio, que se complemente con aspectos legales que se deben aprobar en el Parlamento”, mencionó el ministro del Interior, Eduardo Bonomi, en la presentación del protocolo de actuación para atender la situación de niños o adolescentes bajo la responsabilidad de personas privadas de libertad aprobado en setiembre de 2016.
En ese sentido, explicó que, en primer lugar, hay que analizar hasta qué edad los menores deben estar acompañando a la madre en un centro de privación de libertad. “A nivel internacional, se considera un máximo de dos años”, subrayó y acotó que Uruguay lo permite hasta a niños de cuatro años y, por vía de excepción, hasta de ocho.
“A esa edad, no es que los menores acompañen a las madres privadas de libertad, sino que los menores están privados de libertad; eso se debe mejorar por ley. Se debe establecer hasta dos años y luego ver si hay excepción”, afirmó Bonomi, quien consideró que los niños no pueden estar con rejas adelante y asumiendo conductas propias de la cárcel.
Según prosiguió, el segundo aspecto que se debe mejorar es analizar qué sucede cuando alguien alcanza los 18 años de edad y todavía tiene pendientes medidas socioeducativas por cumplir o cuando se fuga y es detenido por un delito cometido como mayor y derivado a una unidad penitenciaria de adultos. “Está dos o tres años en el Comcar, por ejemplo, y cuando es liberado va a cumplir el resto de las medidas en el Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (Inisa). En ese caso, quienes deben ser protegidos son los otros menores, porque al regreso tienen las prácticas del Comcar, asumen liderazgo y empujan a menores a malas prácticas. La protección implica separarlo de quien dejó de ser menor, delinquió como mayor y pasó por una unidad de adultos y regresa a las de menores. Esto requiere nueva ley, porque los jueces resuelven de acuerdo a ella”, indicó.
Bonomi consideró que es necesario un tercer nivel de rehabilitación, uno para menores de 18, para mayores de edad y uno intermedio. “Quien sale del Comcar u otra cárcel debe ir a nivel intermedio y no a unidades de menores de 18. Incluso se debe estudiar si quien llega a esa edad no tiene que pasar a un nivel intermedio”, reflexionó.