Oficina Nacional de Servicio Civil

Decreto regula mecanismo de llamados a concurso para ingreso en la Administración Central

El Presidente Mujica, actuando en Consejo de Ministros, estableció por decreto 707/013 el nuevo procedimiento para los llamados a concurso, las etapas y puntajes del proceso de reclutamiento y selección de personal en la Administración Central. Las listas de prelación generadas podrán ser utilizadas por otros organismos de la Administración Central, mecanismo que está regulado en el decreto.

Torre Ejecutiva

La selección de personal para la Administración Central se realizará a través del Sistema de Reclutamiento y Selección de Personal de los Incisos 02 a 15, mediante llamados a concurso, llamados genéricos gestionados por la Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSC) y listas de prelación generadas a través de los llamados ya realizados, tal como lo marca la ley.

La planificación de las necesidades de personal corresponderá a cada Inciso, que deberá enviar por expediente dicho plan al Área de Estrategias y Desarrollo de Gestión Humana de la ONSC. Ese documento contendrá los datos más importantes del puesto de trabajo solicitado. Luego de aprobado el trámite, el Inciso confeccionará un expediente por cada llamado, con sus particularidades. Las bases de los llamados serán confeccionadas por la Unidad de Diseño de Perfiles y Bases de la ONSC.

Los tribunales de los concursos estarán conformados por dos representantes del Inciso y un representante de la ONSC y sus suplentes respectivos, además de un veedor propuesto por la Confederación de Funcionarios del Estado (COFE). Los llamados y las etapas siguientes de los concursos serán publicados en la web de Uruguay Concursa. El texto del decreto señala los pasos y los plazos administrativos para los concursos y sus observaciones, así como el puntaje para cada una de las etapas.

Las listas de prelación generadas podrán ser utilizadas por otros Incisos para la contratación de personal, mecanismo que está reglamentado en el decreto. Además, las listas de prelación producidas en los llamados genéricos gestionados por la ONSC tendrán una validez por 18 meses.

Ver decreto.