Más respeto y protección

Ejecutivo remitió proyecto de ley que profundiza la protección de los derechos del niño

El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de ley mediante el cual se aprueba el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo al procedimiento de comunicaciones. Con su aprobación, Uruguay complementará las medidas adoptadas para respetar, proteger e incrementar los derechos y obligaciones asumidas, en cuanto a los niños y adolescentes.

Uruguay firmó este protocolo, al que se adhirieron 36 estados firmantes y 6 estados parte, el 28 de febrero pasado. 


El proyecto expresa la necesidad de que Uruguay ratifique este protocolo. Entre los argumentos que presenta resalta la intención nacional de combatir la venta de niños, la prostitución infantil, la difusión de la pornografía y la participación de niños en conflictos armados. Asimismo reafirma el reconocimiento a los derechos de los niños y adolescentes, y asegura que las violaciones a estos derechos puedan abordarse a nivel internacional de la misma forma que con otras violaciones de derechos humanos.


Protocolo facultativo

Reafirma la universalidad, indivisibilidad, independencia e interrelación de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, así como la condición del niño como sujeto de derecho y ser humano con dignidad y capacidad de evolución.


Reconoce que la situación especial y de dependencia de los niños les puede dificultar seriamente el ejercicio de recursos para reparar la violación de sus derechos, por lo que se procura reforzar los mecanismos nacionales y regionales con el fin de permitir a los niños denunciar la violación de sus derechos.


Este protocolo establece que el Comité de los Derechos del Niño se guiará por el principio del interés superior del niño, los derechos y las opiniones y dará a estas debida importancia, en consonancia con la edad y la madurez del niño.


Las reglas del procedimiento serán adaptadas a los niños, las garantías serán incorporadas para prevenir su manipulación potencial y el comité puede negarse a considerar comunicaciones que no resultan en el interés superior del niño.


La identidad de cualquier involucrado en la remisión de una denuncia, incluyendo a niños víctimas, no podrá revelarse públicamente sin su consentimiento informado. El propio comité luego de recibir una comunicación y antes de pronunciarse sobre la cuestión de fondo podrá, en cualquier momento, solicitar al Estado que la estudie con urgencia, y tome las medidas provisionales que puedan ser necesarias para evitar posibles daños irreparables a las víctimas de la presunta violación.


El comité pondrá sus buenos oficios a disposición de las partes interesadas, con miras a llegar a una solución amigable de la cuestión, sobre la base del respeto de las obligaciones establecidas en la convención y en sus protocolos facultativos.


Ver proyecto de ley con copia de la resolución aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas