Trabajo y seguridad social

Ejecutivo resolvió régimen especial de subsidio por desempleo para trabajadores del sector citrícola

El Poder Ejecutivo resolvió establecer un régimen especial de subsidio por desempleo para los trabajadores de la citricultura dedicados a tareas de cosecha y packing, anunció el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Ernesto Murro. Explicó que se trata de un sector que emplea a 5.000 trabajadores, exporta el 95 % de su producción y lleva dos años continuos con exportaciones inferiores a las 100 mil toneladas.

Producción citrícola

“La apertura del mercado de Estados Unidos y la posible apertura del chino ayudan a tener una mejor perspectiva y entre tanto tenemos un seguro de paro que permita atenuar los problemas para la culminación de la zafra”, explicó Murro en declaraciones a la prensa este viernes 7, en la sede ministerial, luego de la presentación del libro publicado por la Comisión Económica para América Latina (Cepal) denominado “Hacia un desarrollo inclusivo. El caso de Uruguay”.

Destacó que el acuerdo implica que “las empresas y los trabajadores se comprometieron a presentar en 60 días al Instituto de Empelo y Formación Profesional (Inefop) la propuesta de cursos de capacitación para el sector”.

También enfatizó que su cartera acompaña el proceso de transformación productiva que lidera el Ministerio de Ganadería de Agricultura y Pesca para mejorar la calidad de los productos para obtener plantas con semillas certificadas. Adelantó que este proceso llevará unos cuatro años y ante ello se decidió esta medida de apoyo al sector productivo.

Informó que el régimen especial instaurado en la resolución amparará las situaciones de suspensión total de trabajo, suspensión parcial o reducción, y cese por finalización de la relación laboral, y brindará cobertura por un plazo máximo de seis meses continuos o discontinuos para cada trabajador a partir del 1° de octubre.

Para acceder a este régimen se requiere que el trabajador de cosecha o empaquetado de cítricos, en los 18 meses anteriores (en el régimen general ese período es 12 meses) compute 150 jornales o 180 días continuos o discontinuos registrados en planilla u otro documento equivalente, de una o más empresas, y además en el caso de los destajistas haber percibido un mínimo de 6 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC: $ 3340 al 01/2016) en ese lapso.

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