Desde 1° de enero de 2012

Gobierno ajusta montos y condiciones de acceso a Bases de Prestaciones y Contribuciones

El Gobierno remitió al Parlamento el proyecto de ley sustituyendo el criterio de ajuste de los montos mínimos, máximos y las condiciones de acceso a las prestaciones de seguridad social. Se entiende oportuno desligar el criterio de indexación de acuerdo a la BPC de los montos de algunas prestaciones sociales y los requisitos de acceso a otras, adoptando la variación de la UR como principio de suficiencia.

Ministerio de Trabajo
El proyecto determina que a esos efectos se convertirán en Unidades Reajustables los topes vigentes al 31 de diciembre de 2011, considerando el valor de la UR a enero de 2011, y el resultado se multiplicará por el valor de la UR a enero de 2012.

 

Por lo cual quedan comprendidos en el procedimiento de indexación los montos máximos del subsidio por enfermedad previsto por el decreto-ley N° 14.407, con las modificaciones establecidas en la Ley N° 18.725.

 

También están comprendidos los montos mínimos y máximos del subsidio por desempleo regulados por el decreto-ley N° 15.180 y sus respectivas modificaciones manifestadas en  2002 y 2008. Asimismo los montos de las asignaciones familiares y los ingresos máximos para acceder a las mismas previstas en la Ley N° 16.697.

 

Finalmente se establecen los montos máximos de ingresos para acceder a la prima por edad previsto en el artículo 2° de la Ley N° 18.095.

 

Los montos fijados se reajustarán en base al criterio establecido en las mismas oportunidades en que se dispongan ajustes en las remuneraciones en la Administración Central.

 

Base de Prestaciones y Contribuciones

 

En la exposición de motivos se indica que la creación de la Base de Prestaciones y Contribuciones (Ley N° 17.856 del 20 de diciembre de 2004), procuró desligar al salario mínimo nacional del cálculo de las prestaciones a cargo del sistema de seguridad social y los ingresos tributarios.

 

A través de esta medida, el Gobierno efectuó una política de mejora sustantiva del salario mínimo nacional, pasando de $ 2.050 pesos a $ 7.200 entre enero de 2005 a enero de 2012, sin afectar con ello las finanzas de la Seguridad Social ni del Ficto.

 

Desde entonces se utiliza a la Base de Prestaciones y Contribuciones como unidad de cuenta para determinar los topes máximos y mínimos de varias prestaciones de seguridad social.

 

También determina los requisitos de acceso a las asignaciones familiares o la prima por edad para los jubilados.

 

Ver proyecto de ley