Decreto

Gobierno habilitó contratos entre UTE y proveedores en compraventa de energía fotovoltaica

El Presidente José Mujica y los ministros Kreimerman y Lorenzo firmaron el decreto que promueve la celebración de contratos especiales de compraventa de energía entre UTE y proveedores que produzcan energía eléctrica de fuente solar fotovoltaica en Uruguay. El decreto define tres categorías de proveedores, estipula el máximo de potencia que se puede instalar y contratar, la vigencia del contrato y la compra por parte de UTE.

Paneles fotovoltaicos instalados en Salto

El director de Energía del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), Ramón Méndez, destacó a la Secretaría de Comunicación que el contexto del decreto refiere al crecimiento de la demanda de energía eléctrica y por consiguiente la necesidad de incorporar potencia de generación eléctrica al sistema nacional. Explicó que la explotación del recurso solar, como fuente autóctona y renovable de generación eléctrica, puede contribuir al desarrollo tecnológico e industrial y además reducir los costos. 


El jerarca aclaró que el precio de los paneles fotovoltaicos viene disminuyendo —hoy valen entre 1500 y 2000 dólares por cada kW de potencia instalada—, y se estima que para el 2016-2017 estarán con precios de conveniencia para poder instalarlos en Uruguay. Al respecto sostuvo que para preparase para el 2016, el Gobierno comenzó la curva de aprendizaje con la instalación de dos plantas piloto, una en Salto y otra en Minas. 


“Este decreto plantea la segunda etapa de la curva de aprendizaje, buscando el interés de inversiones en Uruguay para instalar plantas fotovoltaicas y vender esa energía eléctrica a UTE. Son negocios que se harán por primera vez en Uruguay, por eso es necesario aprender”, destacó.

 

Franjas de proveedores

Méndez explicó que el decreto establece tres franjas (categorías) de proveedores, donde cada una define el máximo para instalar y contratar. La franja 1 es para los proveedores que instalen una central generadora de potencia mayor o igual a 500 kW con un máximo a contratar de 1 MW. La franja 2 es para proveedores que instalen una central generadora de potencia mayor a 1 MW con un máximo a contratar de 5 MW. “Los que ofrezcan la energía más barata tendrán contratos por 25 años de compra por parte de UTE”, dijo.

 

En tanto, la franja 3 es para proveedores que instalen una o más centrales generadoras que totalicen una potencia mayor a 5 MW y menor o igual a 50 MW. El máximo a contratar es 200 MW de potencia. Los contratos serán de 20 a 30 años computados desde la entrega en servicio de la central, donde el plazo será hasta el 31 de diciembre de 2043.

 

Compra de energía por parte de UTE 

Méndez destacó que el decreto contiene una segunda instancia,  en la cual UTE fija el precio que está dispuesto a comprar esa energía, es un precio de conveniencia de US$ 91,50 por MWh y no implica ningún tipo de subsidio por parte de UTE.

 

“UTE firmará un contrato con aquella empresa que esté dispuesta a vender energía fotovoltaica a este precio pero con una limitación entre 30 y 50 MW cada una. La ventana para recibir propuestas está abierta por cuatro meses —a partir de la firma del decreto— y además está limitada a un total de 200 MW, si llegan los cuatro primeros por 50 MW hasta completar los 200 se termina el cupo, y se analizará sobre el funcionamiento”, concluyó Ramón Méndez.

 

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