Gobierno presentó propuesta para minimizar daños de consumo abusivo de alcohol
Con la firma del Presidente José Mujica, el Poder Ejecutivo envió a consideración del Parlamento el proyecto de ley referido a la regulación del consumo, distribución y expendio de bebidas alcohólicas en Uruguay. En la exposición de motivos se establecen las pautas para el diseño de una Estrategia Nacional sobre el Alcohol y modificar la cultura de consumo sin afectar las ventajas y beneficios de la actividad económica.

La exposición de motivos del proyecto indica que el consumo de alcohol está aumentando sus niveles de ingesta, especialmente entre los jóvenes y en edades más prematuras (desde los 15 años), lo que determina incrementar la población en riesgo de dependencia en el futuro.
En Uruguay los datos epidemiológicos dan cuenta del alto porcentaje del consumo. Los últimos informes dan cuenta que hay alrededor de 260.000 personas afectadas y las edades varían entre 15 a 65 años. La ingesta por habitante, mayor de 15 años, es de 6,3 litros anuales per cápita: Casi un 74 % han consumido alcohol en los últimos 12 meses y la mitad de la población lo consume habitualmente. Asimismo los estudios sitúan al consumo de alcohol como el factor de riesgo que más negativamente influye en la sobrevivencia y la calidad de los uruguayos.
El texto resalta que la fiscalización de la venta a menores y el control en los locales de venta es débil, la gran cantidad de pautas y auspicios publicitarios que promueven las bebidas y otros factores de contexto explican la situación problemática respecto a los padrones de consumo.
Por lo tanto, el proyecto eleva a consideración los elementos principales para el diseño de una Estrategia Nacional sobre el Alcohol basada fundamentalmente en la regulación, en la reducción del uso problemático y sus consecuencias sociales y sanitarias, especialmente en la atención a los sectores más vulnerables. A su vez, remarca que el objetivo mayor es modificar la cultura del consumo sin afectar las ventajas y beneficios de la actividad económica que lo sustenta.
Estructura del proyecto de ley
En este proyecto se contempla los múltiples factores que se entiende que deben estar presentes en la regulación del consumo, distribución y expendio de bebidas alcohólicas. Comprendido que se tendrá que intervenir en las creencias y hábitos de prácticamente la totalidad de la población. Además de aumentar la percepción del riesgo del consumo abusivo, retardar la edad de inicio, disminuir la tolerancia social y asegurar la accesibilidad a un servicio de salud.
En ese sentido, el capítulo I presenta las disposiciones generales, el objetivo y las principales definiciones del proyecto. El capítulo II concentra los aspectos referidos a la creación de un organismo desconcentrado (Unidad Reguladora de Bebidas Alcohólicas (URBA)) para mejorar y alcanzar una eficaz fiscalización. El capítulo III está orientado a la regulación y limitaciones para la comercialización de alcohol y a la modificación de los contextos de consumo con prohibiciones especiales, fiscalización efectiva y limitaciones.
El capítulo IV fija los lineamientos generales de las actividades educativas y preventivas del organismo creado y de otras instituciones del Estado. El capítulo V presenta las restricciones y regulaciones de la publicidad, promoción y patrocinio. El capítulo VI está dedicado al régimen sancionatorio, el VII plantea una modificación al numeral 4.º del artículo 46 del Código Penal y finalmente el capítulo VIII plantea las disposiciones finales respecto a la puesta en vigencia de este y las disposiciones derogadas.