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Gobierno promulgó ley por la cual crea el Observatorio Ambiental Nacional

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N.° 19.147 pertinente a la creación del Observatorio Ambiental Nacional. Este está constituido en el ámbito de la Dirección Nacional de Medio Ambiente del MVOTMA y tiene la participación de la Dirección Nacional de Agua y organizaciones departamentales y nacionales que inciden en la temática ambiental. El Observatorio registrará y actualizará la información medioambiental.

Logo Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente

El texto legal establece que los cometidos del Observatorio Ambiental Nacional implicarán la centralización y actualización de la información nacional del estado del ambiente, respecto a los indicadores del estado, presión y respuesta con la consecuente elaboración y remisión de los indicadores e índices al Poder Ejecutivo, siguiendo determinados criterios, que están indicados en la propia ley.


El Observatorio procederá a la más amplia difusión de la información recopilada a través de un sistema que será especialmente comunicada por intermedio de la página web del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA).

 

Ver ley promulgada