Acuerdo MSP-privados

Mejoran las condiciones de seguridad para conductores de ambulancias

La Cámara de Emergencias y de Asistencia Médica Extra Hospitalaria del Uruguay, la Red de Sindicatos de las Emergencias Móviles, perteneciente a la Federación Uruguaya de la Salud, el Ministerio de Salud Pública y la Unidad Nacional de Seguridad Vial, firmaron un convenio para regular las horas que suponen la cantidad de kilómetros en servicio en relación al tiempo de descanso necesario para desempeñarse en esta función.

Ambulancia
El acuerdo, firmado en la Dirección Nacional de Trabajo, refiere “a traslados interinstitucionales especializados en lo que tiene que ver con la participación de personal no médico, hacia o desde fuera de los límites del área de cobertura de las empresas”, y tiene como objeto mejorar las condiciones de seguridad al volante de éstos.

A partir del 5 de marzo de 2012 las instituciones, “de común acuerdo con el trabajador” podrán establecer tareas fuera del área de cobertura. Previo a ello, los conductores de las unidades “deberán realizar una declaración jurada de descanso, de al menos 6 horas”.

También fueron establecidas las condiciones para traslados superiores a 400 kilómetros totales, donde se incorpora la figura del “chofer relevo” —según incluyan traslado de pacientes— y se dispone de un equipo asistencial integrado por dos conductores especializados o un conductor especializado mas un chofer-enfermero, según sea el caso.