Resolución ministerial

MTSS aprobó el convenio de licencia para trabajadores de la industria de la construcción

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social estableció dos períodos de fecha de goce de licencia generadas en el año 2012 para los trabajadores pertenecientes a la industria de la construcción. La fecha del primer período es entre el 24 de diciembre al 10 de enero y el segundo período se acuerda del 25 al 30 de marzo.

Gente trabajando en obra

El inspector general de Trabajo y la Seguridad Social, Juan Andrés Roballo, firmó, este 12 de noviembre, la resolución que aprueba el convenio de licencias. El acuerdo se realizó entre entre el Sindicato Único Nacional de la Construcción y Anexos (SUNCA), la Cámara de la Construcción del Uruguay (CCU), la Liga de la Construcción del Uruguay, la Asociación de Promotores Privados de la Construcción del Uruguay (APPCU) y la Coordinadora de la Industria de la Construcción del Este.

 

El convenio perteneciente al Grupo 9, Sub grupo 01, establece dos períodos de fechas de goce de licencia generadas en el año 2012. El primer período significa del lunes 24 de diciembre de 2012 al jueves 10 de enero de 2013 inclusive (14 días). En tanto, el segundo período va desde el lunes 25 de marzo al sábado 30 de marzo inclusive (6 días).

 

El texto de la resolución indica que solo serán admitidas las solicitudes de excepción a lo períodos de licencia establecidas en el convenio cuando estén fundadas o cuenten con el consentimiento expreso de lo trabajadores involucrados.