Nuevos hoteles, clubes deportivos y edificios públicos deberán incorporar energía solar
Las nuevas construcciones de hoteles, centros de asistencia de salud, clubes deportivos, emprendimientos industriales, edificios públicos y piscinas climatizadas de Uruguay deberán incorporar la energía solar térmica para el calentamiento de agua, según lo establece la reglamentación de la ley N.° 18.585, aprobada a fines de 2009, que declara de interés nacional el desarrollo de esta fuente renovable.

El desarrollo de la energía solar térmica es uno de los componentes de la política energética. El director de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA), Daniel Greif, señaló que el organismo emitirá constancias de cumplimiento de la normativa previo a ejecutarse el inicio de la construcción de hoteles, centros de asistencia de salud, clubes deportivos, emprendimientos industriales, edificios públicos y piscinas climatizadas. La autorización será solicitada a las empresas por las intendencias antes de autorizar una nueva obra.
Las constancias mencionadas se emiten a los efectos de su presentación en la Intendencia correspondiente como requisito para la obtención del permiso de construcción.
Asimismo la URSEA emitirá las autorizaciones de equipos prefabricados, colectores y acumuladores solares a utilizarse en las instalaciones comprendidas en el ámbito de aplicación de la ley, previo estudio del cumplimiento de la normativa vigente.