Promoción del empleo

Poder Ejecutivo promulgó ley que otorga beneficios a talleres de personas discapacitadas

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N.º 19.159 que establece beneficios para los talleres de producción protegida de aquellas instituciones sin fines de lucro que produzcan bienes o presten servicios con el objetivo de capacitar y ocupar laboralmente a personas con discapacidad. La norma establece para estos talleres los mismos beneficios que los existentes para las cooperativas sociales.

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
La referida norma establece que estas entidades deberán contar, para la contratación de personal, con la aprobación de la Comisión Nacional Honoraria de la Discapacidad.

 

Por otra parte, para acceder a los incentivos y beneficios, los talleres de producción protegida deberán estar inscriptos en el Registro Nacional de Instituciones que atienden a personas con discapacidad, creado en la órbita del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

 

A los efectos de la relación laboral especial que se establece por esta ley, se considera trabajadores con discapacidad a las personas que, a causa de una discapacidad superior al 33 %, experimenten una disminución de su capacidad de trabajo; en este caso, pueden prestar sus servicios dentro de la organización de los talleres de producción protegida.

 

Estos talleres deberán contar con la mayor cantidad de trabajadores con discapacidad que permita la naturaleza del proceso productivo.

 

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