Desmentido

Presidencia no ha firmado ningún decreto prohibiendo emisión de ningún tipo de imágenes

En un artículo de prensa publicado el jueves 2 de agosto por el diario El Observador, se afirma que como parte de las medidas de seguridad que se vienen implementando, “el gobierno emitió un decreto que prohíbe emitir imágenes violentas en los informativos”. Al respecto, Presidencia hace constar que lo afirmado en ese artículo es incorrecto y tiene un sentido inverso a lo que el Ejecutivo ha venido disponiendo en la materia.

Torre Ejecutiva

Generó sorpresa en Presidencia de la República lo afirmado en el artículo “Tras baja de delitos, gobierno da pelea mediática por la seguridad”, publicado este 2 de agosto de 2012, en la página 3 de El Observador. El Poder Ejecutivo no solo no ha emitido ningún decreto prohibiendo la emisión de ningún tipo de imágenes, sino que por el contrario, derogó disposiciones del año 1988 que habilitaban la censura previa en materia de contenidos. 


Como fue ampliamente informado en su momento, a inicios de junio el Poder Ejecutivo derogó los artículos 2 y 4 de del Decreto 445 de julio de 1988. Ese decreto, en su artículo 2, permitía que el Estado controlara algunos contenidos, previamente a su emisión por los medios de comunicación (lo que constituía un mecanismo de censura previa). El artículo 4 de aquella norma, por su parte, excluía a los programas deportivos, de contenido político y los informativos del horario de protección al menor.


La decisión de Mujica se basó en que en aquella norma del año 1988, se incluían disposiciones incompatibles con la libertad de expresión y los derechos de los niños, niñas y adolescentes, agregando que la democracia no admite la persistencia de normas que habilitan la censura previa.


Ya existe una norma que impide la “exhibición o emisión pública de imágenes”, sea en programas informativos o no, que pueda “vulnerar los derechos de los niños y adolescentes, los principios reconocidos en la Constitución de la República y las leyes, o incitar a actitudes o conductas violentas, delictivas, discriminatorias o pornográficas” y ésta no fue aprobada por decreto ni por este gobierno, sino por los legisladores de todos los partidos políticos en 2004 a través de la Ley N°17.823 o Código de la Niñez y la Adolescencia. 


Es público que el gobierno ha iniciado un camino de amplias consultas para aplicar esta antigüa legislación, en la búsqueda de dar todas las garantías para una aplicación justa y no arbitraria.


En los próximos días se dará a conocer la instalación de un comité técnico consultivo presidido por UNESCO y UNICEF y con integración de todos los actores involucrados, con el fin de recoger insumos, entre otros temas, para aprobar una reglamentación al Código de la Niñez y la Adolescencia acorde con los estándares internacionales en materia de libertad de expresión. 


Por esto, algunos jerarcas de gobierno reconocen haberse sorprendido con lo dicho en la mencionada nota de prensa y reafirman lo sostenido en el documento de las 15 medidas impulsadas en la “Estrategia por la vida y la convivencia” en el sentido de que se hace necesario “reflexionar, junto con los medios, sus trabajadores y todos los ciudadanos, sobre cómo encontrar un sano equilibrio entre el derecho de los medios de informar sobre asuntos de interés público con los derechos que tienen las personas ante esos propios medios”. 


En dicho documento, el Ejecutivo sostuvo —a texto expreso— que la auto-regulación que se pretende fomentar "no puede ser un mecanismo para acallar a los medios o impedir que se informe de cosas que, lamentablemente suceden, pero también hay que decir, enfáticamente, que los medios tienen obligaciones y responsabilidades ineludibles para con la sociedad”.