Hasta el 30 de diciembre
Prórroga para solicitar crédito fiscal para la compra de raciones balanceadas
El Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca a través de Dirección General de Desarrollo Rural y la Unidad de Descentralización, según lo establecido en Ley 18.747 y su decreto reglamentario, está implementando la Operativa de Crédito Fiscal que beneficia a los productores titulares de explotaciones ganaderas que hayan comprado raciones balanceadas entre diciembre de 2010 y junio del 2011.
A través de este incentivo, los beneficiarios dispondrán de un 25 % de crédito fiscal de las adquisiciones de raciones balanceadas para destete precoz de terneros y suplementos proteicos suministrados a vacas y vaquillonas a entorar del rodeo de cría, que hayan sido compradas entre el 1º de diciembre de 2010 y el 30 de junio de 2011.
El plazo vence el 30 de diciembre de 2011. Lugares: Oficinas habilitadas del MGAP y Centros de Atención Ciudadana.
Documentación exigida a presentar por los beneficiarios:
1. Original y fotocopia de las boletas de compra contado y/o de las facturas de crédito y recibos correspondientes al gasto en la compra de raciones y suplementos proteicos de aquellos alimentos para rumiantes registrados en la Dirección General de Servicios Agrícolas del MGAP, así como la documentación referida al stock animal.
En el caso de las raciones para destete precoz: alimentos para rumiantes registrados en DGSA/MGAP y que aseguren un mínimo de 16 % de proteína. En la documentación de compra debe surgir el nombre del producto, el número de registro ante DGSA y el número de lote de elaboración de la planta elaboradora según conste en la etiqueta correspondiente.
En el caso de compra de suplementos proteicos: los productores deben exigir en la documentación de compra el nombre del producto y el número de registro ante la DGSA/MGAP.
En ambos casos la documentación debe contener volumen y precio correspondiente, nombre y razón social del productor, número de RUT. Asimismo el productor debe declarar el número de BPS al funcionario receptor.
Aclaración: las empresas cuya razón social no corresponda a una empresa física deberán presentar además original y copia del poder que habilita a representar a la firma para firmar la notificación.
2. Declaración Jurada DICOSE (junio 2010) y Declaración Jurada complementaria de existencias de animales por categoría al 31/12/2010, firmada por el productor y con timbre profesional de $U 97, (cuyo formulario se encuentra disponible en www.mgap.gub.uy en el botón Operativa Crédito Fiscal.
La documentación será analizada en la oficina central de la DGDR/MGAP y posteriormente se comunicará lo resuelto a los productores.