Relaciones Exteriores envió al Parlamento un proyecto de Ley de Organización Consular
En el marco de la reforma de los servicios consulares, el Poder Ejecutivo remitió a consideración del Parlamento el proyecto de Ley de Organización Consular, que sustituirá una normativa de más de cien años de vigencia. Su objetivo es adecuar los consulados a los principios de simplificación administrativa, modernización tecnológica y respaldo a los derechos y dignidad de los compatriotas en el exterior.

En ocasión del viaje oficial a España, ocurrido en mayo de 2013, el ministro de Relaciones Exteriores, Luis Almagro, señaló que en estos tres años su administración trabajó en la mejora del servicio consular, que implicó una reforma estatal sin precedentes en el Ministerio como la adhesión a la Apostilla de La Haya, lo cual abatirá la burocracia necesaria para legalizar trámites en el exterior y en nuestro país; el pasaporte electro mecánico que es “algo que cambió la manera en la cual el uruguayo se presenta en los temas de migraciones”; la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía, que reduce los términos del “avecinamiento” y crea nuevas causales para adquirir la residencia, como en el caso de la posibilidad de estudiar.
En ese marco, los tres pilares destacados en la exposición de motivos de este proyecto de Ley sobre la Organización Consular son: el reforzamiento del principio de servicio público con pleno respeto a los derechos del connacional a través del fortalecimiento de las capacidades profesionales y la infraestructura, otorgar las mayores garantías a los agentes consulares en el ejercicio de sus funciones y la digitalización de toda la información relevante a la gestión y a los trámites consulares.
Las tareas consulares consignadas en el proyecto refieren a prestar ayuda y asistencia a los nacionales, asegurando su protección y el pleno respeto de sus derechos; ejercer funciones de oficiales del Registro de Estado Civil; instrumentar y autorizar documentos públicos; traducir documentos emanados del Estado receptor considerando el Convenio de la Apostilla de La Haya, de 1961 y, además, la inspección de sus respectivas dependencias.
El proyecto consta de 34 artículos que además de describir las tareas consulares, la organización administrativa, las circunscripciones a cargo de un consulado, su residencia, en su artículo 27.° señala que los cónsules “intervendrán y expedirán gratis todo certificado o cualquier documento de emigrante y ciudadano de la República que acredite estar en imposibilidad de abonar los emolumentos correspondientes, haciéndolo constar en la intervención de y sobre el registro respectivo.”
