Rige ley que permite desafiliarse de AFAP o revocar opciones anteriores
Unas 13.000 personas que se afiliaron en el año 1996 y no estaban obligadas a hacerlo podrán solicitar el asesoramiento para decidir si se desafilian del sistema de AFAP. Por otra parte, 250.000 personas que están afiliadas a las AFAP y adhirieron al artículo 8 de la Ley 16.713, que establecía una modalidad mixta de aportes, 50 % a la AFAP y 50 % al BPS, podrán revocar esta decisión.

El presidente del BPS, Ernesto Murro, informó que quienes deseen saber si están comprendidos en la nueva normativa podrán hacerlo en el sitio Web http://revocacionopcionesafap.bps.gub.uy, a través del 08003277, a través de la página del BPS (http://www.bps.gub.uy/) o en la sede del BPS de Montevideo.
Están comprendidas en la nueva ley aquellas personas que sin estar obligadas a hacerlo optaron por quedar incluidas en el Régimen Mixto y tenían 40 o más años o más al 01/04/1996 (hoy mayores de 57 años). Estas personas tendrán plazo para iniciar el trámite de asesoramiento en el BPS dese el 1.° de febrero 2014 hasta el 31/01/2016.
También están comprendidas las personas que estando en el Régimen Mixto y optaron por ampararse al Art. 8 de la Ley 16.713 podrán revocar su opción a partir de que hayan cumplido los 40 y hasta los 50 años de edad. Los mayores de 48 años al 01/02/2014 que deseen efectuar la revocación tendrán plazo para iniciar el trámite de asesoramiento en el BPS desde el 1.° de febrero de 2014 hasta el 31/01/2016.
En todos los casos las revocaciones tendrán efecto retroactivo al momento de haber efectuado la opción original. Para desafiliarse del sistema de AFAP o revocar la adhesión al artículo 8 es obligatorio recibir asesoramiento previo por parte del Banco de Previsión Social (BPS).