Salud Pública extendió plazo a comercios para eliminar publicidad de productos de tabaco
El Ministerio de Salud Pública otorgó un plazo hasta el 31 de diciembre de este año para que los kioscos se adapten a la nueva ley que prohíbe la publicidad, promoción y patrocinio de los productos de tabaco. La directora del CICCT, Silvina Echarte, destacó que durante este período no se multará pero se fiscalizará y se brindará información a la población sobre el contenido de esta reglamentación.

La ley 19.244 que prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos de tabaco entró en vigencia el 12 de setiembre, informó la directora del CICCT (Centro Internacional de Cooperación de Control del Tabaco), Silvina Echarte.
Por tal motivo, la Asociación de Kioscos del Uruguay solicitó al Ministerio de Salud Pública un plazo para poder cumplirla. Echarte dijo que el MSP, dadas las exigencias que tiene la ley otorgó un plazo de 90 días. “A partir de esos 90 días, indefectiblemente, el ministerio multará a quienes estén infligiendo la ley”, enfatizó la jerarca.
Durante ese período el ministerio realizará fiscalizaciones, además de sensibilizar e informar a la población.
Para poder cumplir con la normativa, muchos kioscos deberán modificar su fachada ya que en varios casos están pintados con imágenes alusivas a marcas de productos de tabacos. “Eso con la nueva ley se va a tener que eliminar porque está prohibido”, agregó Echarte.
Las multas están previstas en la ley originaria (N.° 18.256 de control de tabaco) y establece desde un apercibimiento, que es este período de sensibilización, hasta una multa que va desde 1.000 dólares a 10.000 dólares o la clausura del establecimiento en caso de reincidencia.
El monto de la multa depende del tipo de infracción. Será la Comisión Asesora de Tabaco la que evaluará la pertinencia de la multa. “Una vez determinado el grado de infracción se determinará el monto de la multa”, señaló Echarte.
Echarte aclaró además que hasta el 31 de diciembre no se multará. Ante una falta se realizará un apercibimiento, el que incluirá un período de sensibilización e información. En el caso de verificar algún tipo de incumplimiento, luego de ese período de sensibilización e información, a partir del 1.º de enero del 2015 se aplicará la multa.
Por su parte, Claudio Orrego, presidente de la Asociación de Kioscos del Uruguay, manifestó su conformidad con el plazo otorgado por el Ministerio de Salud Pública hasta el 31 de diciembre para que los comercios puedan regularizar su fachada y cartelería.
Orrego explicó que la Asociación cuenta con 2.000 socios, pero desconoce el número de los que deberán realizar modificaciones sustanciales para cumplir con las exigencias de la normativa.
Agregó que como Asociación de Kioscos del Uruguay el objetivo es “tratar de menguar la presencia del contrabando en nuestros negocios”. Para ello realizarán una campaña que desaliente al fumador a comprar estas marcas con carteles con el texto “en este negocio no vendemos cigarros de contrabando”.
En Uruguay el cigarrillo de contrabando moviliza 50 mil millones de dólares al año. En las ferias se consiguen cartones a 150 pesos cuando un cartón de la marca nacional cuesta unos 660 pesos, siendo uno de los motivos por lo que es necesaria una política que permita frenar este producto de contrabando.