Castigo de 20 meses a 10 años de prisión

Se tipificó como delito la producción y el uso de armas químicas

El Poder Ejecutivo promulgó la ley 19.205 que tipifica como delito la producción, adquisición, conservación, desarrollo, transferencia, importación, exportación, negociación y empleo de armas y sustancias químicas tóxicas o sus precursores, según detalla. La pena prevista va desde los 20 meses de prisión a 10 años de penitenciaría.

Es delito la producción y el uso de armas químicas

El articulado de la ley define que se entiende que son químicas las sustancias químicas tóxicas o sus precursores, las municiones o dispositivos destinados de modo expreso a causar la muerte o lesiones mediante las propiedades tóxicas de sustancias, o cualquier equipo destinado de modo expreso a ser utilizado directamente en relación con el empleo de las municiones.

También comprende a las sustancias químicas tóxicas que puedan causar la muerte, incapacidad temporal o lesiones permanentes a seres humanos o animales, y a los precursores: cualquier reactivo químico que intervenga en los procesos de producción de una sustancia.

Quedan exceptuadas aquellas sustancias químicas tóxicas para fines no prohibidos por la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción.   

Como fines no prohibidos se detallan las actividades industriales, agrícolas, de investigación médica, farmacéuticas o realizadas con fines pacíficos; las que sean utilizadas como protección contra las sustancias químicas tóxicas y contra armas químicas; aquellas que sean usadas con fines militares no relacionados con el empleo de armas químicas y que no dependan de las propiedades tóxicas de sustancias químicas como método de guerra.

Finalmente define que tampoco son prohibidas las que se utilizaren para el mantenimiento del orden, incluido la represión interna de disturbios.

La ley fue firmada por el Presidente de la República, José Mujica y los Ministros de Relaciones Exteriores, Interior, Economía y Finanzas, Defensa Nacional e Industria, Energía y Minería.

Ver ley N.° 19.205