Tribunal de Apelaciones calificó como “obvia” la reserva de información sobre El Guardián
El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 5to.Turno desestimó la petición de acceso a la información sobre el sistema de vigilancia digital conocido como “El Guardián”. Con la resolución, queda firme la sentencia de primera instancia porque “la difusión pública de sus fortalezas y debilidades podría frustrar el empleo (del instrumento) en esa tarea”.

“Parece obvio que el secreto de la operación de adquisición del sistema operativo Guardián, avalado por el Tribunal de Cuentas, radica no solamente en la compra en sí misma (que, incidentalmente, no fue oculta) sino que también alcanza a las características técnicas del producto adquirido, por simples razones de seguridad y protección de los derechos de todos los habitantes que se busca tutelar mediante la prevención y represión de ilícitos, a través del empleo de instrumentos como el adquirido".
Así lo expresa de forma textual la sentencia del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 5to. Turno ante la acción judicial para el acceso a la información sobre el sistema de vigilancia digital denominado “Guardián”.
El Tribunal coincide con la argumentación invocada por el cuerpo de abogados de la cartera, en lo que respecta a la apoyatura en normativa legal y administrativa específica (Decreto del Poder Ejecutivo 452/2009) y resolución sobre información reservada, que acompañó la contestación de la demanda por parte del Ministerio del Interior.
Acceda al fallo del Tribunal de Apelaciones en la web del Ministerio del Interior.