Avances en normativa

En último mes el Ejecutivo promulgó 4 importantes leyes referidas a derechos laborales

En el último mes el Poder Ejecutivo promulgó cuatro leyes en materia laboral que garantizan más derechos a los trabajadores. Entre ellas, se encuentra la integración del Consejo Superior Tripartito, adecuaciones del Fondo de Cesantía y Retiro de la Construcción, el descuento proporcional sobre la prima por presentismo ante ausencias por huelga, y la regulación del régimen laboral de trabajadores dependientes de edificios.

No olvidarse de completar este campo

El subsecretario de Trabajo y Seguridad Social, Nelson Loustaunau, informó a la Secretaría de Comunicación que entre diciembre y los primeros días del año se aprobaron normas laborales que tienden a fortalecer los derechos laborales.


Integración del Consejo Superior Tripartito

La Ley 19.027, promulgada por el Poder Ejecutivo el 18 de diciembre de 2012, establece la nueva integración del Consejo Superior Tripartito, que hasta el momento estaba conformado por nueve delegados del Poder Ejecutivo, seis delegados de los trabajadores y seis delegados de los empleadores.

 

Loustaunau señaló que los empleadores presentaron una solicitud ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para sustituir el artículo de la Ley 18.566 que refiere a la integración del comité y a que todas las delegaciones estén representadas por igual número de personas. En ese sentido, la nueva ley corrige el artículo y establece delegaciones de seis personas cada una.

 

Regulación del horario laboral

En segundo lugar, la Ley 19.028, promulgada el 18 de diciembre de 2012, cuenta con un único artículo y alcanza a los trabajadores dependientes de edificios de propiedad horizontal o de las empresas tercerizadas que desempeñen tareas de portería, limpieza, vigilancia, ascensorista, cuidador de garage, sereno, jardinero, encargado de edificio, conserjería, turnante o mucama. Establece un régimen laboral de 44 horas de trabajo, con 36 horas consecutivas de descanso que incluya una jornada completa de 24 horas. (Ver nota relacionada).

 

Modificación del FOCER

A través de la Ley 19.045, promulgada el 2 de enero de 2013, se modifica el Fondo de Cesantía y Retiro de la Construcción  (FOCER). Loustaunau explicó que en la industria de la construcción es común contratar a los trabajadores a término, sin obtener indemnización por despido o seguro de desempleo una vez que termina su contrato.

 

A través de este Fondo, los trabajadores contratados a término, una vez finalizado su contrato pueden acceder a una indemnización. Además, esta ley reforma otros aspectos operativos del FOCER para optimizar su funcionamiento y que permita brindar más derechos a los 77.000 trabajadores que se dedican a la construcción.

 

 

Deducción de la prima por presentismo

En otro orden, la Ley 19.051, del 4 de enero de 2013, refiere al descuento de la prima por presentismo cuando el trabajador estuvo ausente por motivos de huelga. El artículo 1º de la ley indica que todo descuento de la prima por presentismo o de otras partidas de naturaleza salarial vinculadas a la asistencia del trabajador, deberá efectuarse de manera proporcional al tiempo de ausencia que cuando la causa sea por el ejercicio del derecho de huelga en cualquiera de sus modalidades.

 

Loustaunau explicó que hasta el momento, cuando el trabajador se adhería a medidas de huelga, algunas empresas entendían que esa ausencia afectaba el presentismo de la totalidad del mes y no del día en el que se realizó la medida sindical. Esta ley interpreta que este tipo de derecho que tiene el trabajador, el descuento deberá ser proporcional al tiempo paralizado y no por todo el mes. Esta ley se enmarca en la Ley 17.940que refiere a la promoción y protección de la actividad sindical.

 

 

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