Proyecto de Ley

Uruguay y Singapur promueven acuerdo para evitar doble tributación y evasión de impuestos

El Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Economía y Finanzas enviaron al Parlamento un Proyecto de Ley para realizar un acuerdo entre los gobiernos de Uruguay y Singapur, con el fin de evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal de impuestos sobre la renta y el patrimonio. El acuerdo, que se suscribió en enero de 2015, listan los impuestos IRAE, IRPF, IRNR, IASS y el impuesto al Patrimonio (IP).

Bandera de Uruguay y Singapur

El 15 de enero de de 2015, en Singapur, Uruguay y Singapur suscribieron un acuerdo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. La finalidad de este acuerdo da solución al fenómeno de la doble tributación que se genera cuando una persona tiene dos países de residencia y dos entidades fiscales a las que debe pagar y declarar impuestos. En ese marco, el Poder Ejecutivo, a través de los ministerios de Relaciones Exteriores y Economía y Finanzas, envió al Parlamento el texto para que ese acuerdo se configure como ley.  

Este acuerdo se basa en que la legislación tributaria dotó a las autoridades fiscales de elementos que les permitan configurar el ingreso universal de los contribuyentes que residen dentro de cada país, apoyándose en instrumentos jurídicos internacionales para fiscalizar el pago de impuestos. El texto explica que cuando un contribuyente es residente de dos países que mantienen acuerdos para evitar la doble tributación, los Estados renuncian a gravar determinadas ganancias y acuerdan que sea solo uno de los Estados el que cobre el impuesto.

Uruguay adoptó estándares internacionales propuestos por OCDE para evitar la doble tributación y firmó acuerdos con Alemania, Hungría, México, España, Portugal, Suiza, Liechtenstein, India, Malta, Finlandia, Corea, Ecuador, Rumania, Bélgica, Vietnam, Emiratos Árabes, Finlandia y Luxemburgo.  Los convenios más frecuentes refieren al impuesto a la renta y al patrimonio.

Para este acuerdo, se listan los impuestos a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el  Impuesto a las Rentas de los No Residentes  (IRNR), el Impuesto a la Asistencia a la Seguridad Social (IASS) y el impuesto al Patrimonio (IP).

También establece los métodos para evitar la doble tributación, los procesos para resolver controversias y los mecanismos de intercambio de información entre las autoridades competentes de los países.  Además, el convenio promueve la protección a los contribuyentes y da estabilidad a las normas tributarias; previene la discriminación y garantiza la igualdad de tratamiento entre residentes nacionales y extranjeros.

Además, facilita la expansión de las empresas tanto en los países en desarrollo como en países desarrollados y combate la evasión de impuestos, al contar con mayor nivel de información a nivel internacional, al tiempo que promueve la inversión en el país.

Asimismo, este acuerdo refleja el acercamiento con Asia, lo que se enmarca en la política exterior de inserción económica internacional en ese continente y el fomento de la diversificación del comercio y el incentivo a las inversiones en sectores productivos del país.

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