Resolución N° 10/019 Se exonera a la Universidad de la República de las tasas previstas en el artículo 99 de la ley n.° 17011

Se exonera a la Universidad de la República de las tasas previstas en el artículo 99 de la ley n.° 17011, respecto de la solicitud de la marca Microkit (denominativa), para las clases internacionales 16, 41 y 42.

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Montevideo, 07 ENE 2019

VISTO: la solicitud de la UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA, a fin de ser exonerada del pago de las tasas previstas en el artículo 99 de la Ley N° 17.011, de 25 de setiembre de 1998;

RESULTANDO:

  1. que dicha exoneración se solicita en el trámite de registro de la marca "Microkít" (denominativa), acta N° 500.570, para las clases internacionales 16, 41 y 42;
  2. que la solicitante se ampara en el artículo 337 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, que dispone: "Facúltase al Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Industria, Energía y Minería, con el asesoramiento de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial, a otorgar exoneraciones totales o parciales de los tributos fijados por el artículo 99 de la Ley N° 17.011, de 25 de setiembre de 1998 y sus modificativas y por el artículo 117 de ia Ley N° 17.164, de 2 de setiembre de 1999 y sus modificativas, cuando ias actividades y servicios que presta dicha Dirección, en materia de signos distintivos y patentes, se suministren a otros organismos públicos o a instituciones que posean acuerdos con ia misma, "y

CONSIDERANDO:

  1. que en informe de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial, de fecha 10 de diciembre de 2018, sugiere el otorgamiento de exoneración total de las tasas (art. 99 de la Ley N° 17.011), en la solicitud de marca referida;
  2. que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería informa que, atendiendo a lo informado por la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial y a lo dispuesto por el artículo 337 de la Ley N° 19355, de 19 de diciembre de 2015, sugiere hacer lugar a lo solicitado;

ATENTO: a lo expuesto y lo dispuesto por el artículo 337 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015;     

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

  1. Exonérase a la UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA, de las tasas previstas en el art. 99 de la Ley N° 17.011, respecto a la solicitud de la marca "Microkit" (denominativa), acta N° 500.570, para las clases internacionales 16, 41 y 42;
  2. Comuniqúese y pase a la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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