Resolución N° 1/019 Autorización al Ministerio de Desarrollo para contratar 1 estudiante avanzado a desempeñarse como valorador de Discapacidad y Dependencia. Programa Nacional de Discapacidad

Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Social a contratar bajo la modalidad de contrato de trabajo a Lourdes Agustina Caramelli Benue.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 28 FEB 2019
VISTO: estos antecedentes relacionados con la contratación de un (1) estudiante avanzado para desempeñarse como valorador de Discapacidad y Dependencia, dependiente del Programa Nacional de Discapacidad, bajo el régimen de Contrato de Trabajo;
RESULTANDO:

  1. que existe disponibilidad de crédito de acuerdo al informe producido por la Contaduría General de la Nación para la presente erogación;
  2. que la Oficina Nacional del Servicio Civil se ha pronunciado favorablemente;
  3. que por Resolución del Ministerio de Desarrollo Social N° 723/2018 de fecha 27 de julio de 2018 se convocó a un llamado a concurso público y abierto de méritos y antecedentes para la contratación de un (1) estudiante avanzado para desempeñarse como valorador de Discapacidad y Dependencia, dependiente del Programa Nacional de Discapacidad, bajo el régimen de Contrato de Trabajo;
  4. que el Tribunal del Concurso se pronunció en los términos del Acta N° 3 (Fallo Final), de fecha 13 de diciembre de 2018;
  5. que el procedimiento y el fallo del Tribunal actuante cuenta con la homologación del Jerarca del Inciso;    

CONSIDERANDO: 

  1. que oportunamente se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo N° 92 de la Ley N° 19.121 de 20 de agosto de 2013, por los Decretos N° 118/2014 del 30 de abril de 2014, 223/2013 de 1 de agosto de 2013, por el artículo 525 de la Ley N°19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015 y demás normativa vigente;
  2. que según lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil, en informe de fecha 1o de febrero de 2019, según la información obtenida de los Registros (RVE, SGH) y de la declaración jurada agregada, surge que la funcionaría mantiene un vínculo con la Administración, que de subsistir a la fecha de suscripción del contrato que se gestiona se vería alcanzado por la prohibición del artículo 32 inciso 1o de la Ley N°11.923 de 27 de marzo de 1953;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a la normativa citada;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE:

  1. Autorízase al Inciso 15, Ministerio de Desarrollo Social, a contratar a la Sra. LOURDES AGUSTINA CARAMELLI BENUE, Cédula de Identidad N°4.571.859-5, bajo la modalidad de contrato de trabajo, regulado por el artículo N° 92 de la Ley N° 19.121 de 20 de agosto de 2013, para desempeñar tareas técnicas en el Programa Nacional de Discapacidad, con una carga horaria de 40 horas semanales, una remuneración nominal mensual de $61.106 (pesos uruguayos sesenta y un mil ciento seis), a valores enero 2018 y por un período de dos (2) años.
  2. Previo a la suscripción del contrato respectivo, se deberá tener presente lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil en informe de fecha 1o de febrero de 2019, en cuanto de existir un vínculo con la Administración, que de continuar vigente a la fecha de suscripción del contrato que se gestiona se vería alcanzado por la prohibición del artículo 32 inciso 1o de la Ley N°11.923 de 27 de marzo de 1953.
  3. Esta erogación se financiará con cargo al Inciso 15, Unidad Ejecutora 001, Programa 401, Proyecto 000, Grupo 05, Objeto del Gasto 559.035, Financiamiento 11.
  4. Notifíquese a la interesada y regístrese la presente contratación en el Registro de Vínculos con el Estado.

Firma

Dr. Tabaré Vázquez

Presidente de la República, período 2015-2020.

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