Resolución N° 1/019 Autorización al Ministerio de Desarrollo Social a contratar un 1 técnico para desempeñarse en el Área Metropolitana como Articulador Interinstitucional

Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Social a contratar bajo la modalidad de contrato de trabajo a Annette Janet Díaz Ávila.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 19 FEB 2019
VISTO: estos antecedentes relacionados con la contratación de un (1) técnico para desempeñarse en el Área Metropolitana como Articulador Interinstitucional, dependiente de la Dirección Nacional de Promoción Sociocultural, del Ministerio de Desarrollo Social, bajo el régimen de Contrato de Trabajo;    
RESULTANDO: 

  1. que existe disponibilidad de crédito de acuerdo al informe producido por la Contaduría General de la Nación para la presente erogación;
  2. que por Resolución del Ministerio de Desarrollo Social N° 628/2018 de fecha 9 de julio de 2018, se convocó a un llamado público y abierto de méritos y antecedentes para la contratación de un (1) técnico para desempeñarse en el Área Metropolitana como Articulador Interinstitucional, dependiente de la Dirección Nacional de Promoción Sociocultural, Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, bajo el régimen de Contrato de Trabajo;
  3. que por Resolución del Ministerio de Desarrollo Social N° 732/2018 de fecha 30 de Julio de 2018 se dejó sin efecto el acto administrativo relacionado precedentemente, en virtud de recurrir a las listas de prelación de los llamados 6282/2017 (Referente CPD Área Metropolitana) y 5059/2017 (Articulador Interinstitucional, Área Metropolitana), a los efectos de cubrir dos cargos vacantes (uno en cada programa), producto de renuncias presentadas;
  4. que por Resolución del Ministerio de Desarrollo Social N° 750/2017 de fecha 6 de junio de 2017 (expediente Trámite Genérico 5676/2016), se homologó la actuación del Tribunal del Concurso designado para la contratación de trece (13) plazas de “Articulador Institucional” a efectos de prestar funciones en la Dirección Nacional de Promoción Sociocultural, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, en régimen de Contrato de Trabajo, con el ordenamiento resultante que luce en el Acta N° 4 (Fallo Final Complementario) de fecha 27 de abril de 2017, otorgando vigencia al orden de prelación por el periodo de dieciocho (18) meses a partir de la fecha de dicho acto administrativo;
  5. que el procedimiento y el fallo del Tribunal actuante cuenta con la homologación del Jerarca del Inciso;    

CONSIDERANDO: 

  1. que oportunamente se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo N° 92 de la Ley N° 19.121 de 20 de agosto de 2013, por los Decretos N° 118/014 de 30 de abril de 2014, 223/013 de 1o de agosto de 2013, artículo 525 inciso 3 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015 y demás normativa vigente;
  2. que en consecuencia, corresponde proceder conforme el orden de prefación resultante del llamado de referencia (Expediente Trámite Genérico N° 5676/2016);
  3. que de acuerdo a lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil de fecha 15 de noviembre de 2018, según la información obtenida del Registro de Vínculos con el Estado (RVE) y del Sistema de Gestión Humana (SGH), no surgen inscripciones que obstaculicen el contrato propuesto. Asimismo, no se debe superar el tope de sesenta horas semanales exigidos legalmente;    

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a la normativa citada;    
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE:

  1. Autorízase al Inciso 15, Ministerio de Desarrollo Social, a contratar a la Sra. ANNETTE JANET DIAZ AVILA, titular de la cédula de identidad N° 2.001.132-6, bajo la modalidad de contrato de trabajo, regulado por el artículo 92 de la Ley N° 19.121 de 20 de agosto de 2013, para desempeñar tareas técnicas en la Dirección Nacional de Promoción Sociocultural, Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, con una carga horaria de 40 horas semanales, una remuneración nominal mensual de $ 47.598,91 (pesos uruguayos cuarenta y siete mil quinientos noventa y ocho con 91/100), a valores enero 2018 y por un período de dos (2) años.
  2. Previo a la suscripción del contrato respectivo, se deberá tener en cuenta lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil con fecha 15 de noviembre de 2018, en cuanto a que la Sra. ANNETTE JANET DIAZAVILA, es funcionaría docente, no pudiendo superar el tope de sesenta horas semanales, a efectos de no infringir lo dispuesto legalmente.
  3. Esta erogación se financiará con cargo al Inciso 15, Unidad Ejecutora 001, Programa 401, Proyecto 000, Grupo 5, Financiamiento 11.
  4. Notifíquese y regístrese la presente contratación en el Registro de Vínculos con el Estado.

Firma 

Dr. Tabaré Vázquez

Presidente de la República, período 2015-2020.

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