Resolución N° 1/019 Autorización al Ministerio de Desarrollo Social a contratar 10 técnicos, para desempeñarse en el equipo móvil y call center, dependientes de la Dirección Nacional de Protección Integral en Situaciones de Vulneración
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 28 FEB 2019
VISTO: estos antecedentes relacionados con la contratación de diez (10) técnicos, para desempeñarse en el equipo móvil y cali center, dependientes de la Dirección Nacional de Protección Integral en Situaciones de Vulneración, bajo el régimen de Contrato de Trabajo;
RESULTANDO:
- que existe disponibilidad de crédito de acuerdo al informe producido por la Contaduría General de la Nación para la presente erogación;
- que la Oficina Nacional del Servicio Civil se ha pronunciado favorablemente;
- que por Resolución del Ministerio de Desarrollo Social N° 622/2018 de fecha 6 de julio de 2018 se convocó a un llamado a concurso público y abierto de méritos y antecedentes para la contratación de diez (10) técnicos, para desempeñarse en el equipo móvil y call center, dependientes de la Dirección Nacional de Protección Integral en Situaciones de Vulneración, bajo el régimen de Contrato de Trabajo;
- que el Tribunal del Concurso se pronunció en los términos del Acta N° 4 (Fallo Final), de fecha 5 de diciembre de 2018;
- que el procedimiento y el fallo del Tribunal actuante cuenta con la homologación del Jerarca del Inciso;
CONSIDERANDO:
- que conforme surgen de las actuaciones del Departamento de Carrera Funcional del Área Gestión Humana del Ministerio de Desarrollo Social, Florencia Machado y Silvana Santurión, manifestaron su renuncia al cargo concursado;
- que en consecuencia, corresponde proceder conforme el orden de prefación resultante del presente llamado;
- que oportunamente se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo N° 92 de la Ley N° 19.121 del 20 de agosto de 2013, por los Decretos N 118/2014 del 30 de abril de 2014, 223/2013 de 1 de agosto de 2013, por el artículo 525 de la Ley N° 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015 y demás normativa vigente;
- que de acuerdo a lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil de fecha 9 de enero de 2019, según la información obtenida del Registro de Vínculos con el Estado (RVE), del Sistema de Gestión Humana (SGH) y de las Declaraciones Juradas, surge que: LUCIA ELEONORA BARBOZA MOLINA, DARIO FEDERICO RANCEL RODRIGUEZ, MARIA FLORENCIA SOSA CARBALLO, RODRIGO HOLLICH CABRERA y FERNANDA SILVINA OVIEDO VIERA, mantienen un vínculo con la Administración, que de mantenerlo a la fecha de suscripción del contrato que se gestiona, se vería alcanzado por la prohibición del artículo 32 inciso 1 de la Ley N°11.923 de 27 de marzo de 1953. Asimismo surge que MARIANA LUCIA ACOSTA BENTANCOR es funcionaría docente, debiendo tenerse presente que no puede existir superposición de horarios y el desempeño de ambas funciones no debe superar las sesenta horas semanales, a efectos de no contravenir el artículo 33 de la citada norma;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a la normativa citada;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE:
- Autorízase al Inciso 15, Ministerio de Desarrollo Social, a contratar a las siguientes personas: 1) SOFIA MANASSI CARAM, Cédula de Identidad N°4.655.813-0; 2) DARIO
FEDERICO RANCEL RODRIGUEZ, Cédula de Identidad N°4.590.884-7; 3) MARIA FLORENCIA SOSA CARBALLO, Cédula de Identidad N°5.462.372-5; 4) MARIANA LUCIA ACOSTA BENTANCOR, Cédula de Identidad N°4.854.341-8; 5) FLORENCIA TEJEIRA GASSO, Cédula de Identidad N°3.461.398-6; 6) LUCIA ELEONORA BARBOZA MOLINA, Cédula de Identidad N°4.760.881-5; 7) MARIA VICTORIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, Cédula de Identidad N°5.128.503-7¡ 8) RODRIGO HOLLICH CABRERA, Cédula de Identidad N°4.729.934-1; 9) FERNANDA SILVINA OVIEDO VIERA, Cédula de Identidad N°4.922.183-9 y 10) YESSICA ELIZABETH BARRALES PALACIO, Cédula de Identidad N°4.672.966-2, bajo la modalidad de contrato de trabajo, regulado por el artículo N° 92 de la Ley N° 19.121 de 20 de agosto de 2013, para desempeñar tareas técnicas en la Dirección Nacional de Protección Integral en Situaciones de Vulneración, con una carga horaria de 40 horas semanales, una remuneración nominal mensual de $56.227,92 (pesos uruguayos cincuenta y seis mil doscientos veintisiete con 92/100), a valores enero 2018 y por un período de dos (2) años.
- Previo a la suscripción de los contratos respectivos, se deberá tener en cuenta lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil con fecha 9 de enero de 2019.
- Esta erogación se financiará con cargo al Inciso 15, Unidad Ejecutora 001, Programa 401, Proyecto 000, Grupo 05, Objeto del Gasto 559.035, Financiamiento 11.
- Notifíquese a los/as interesados/as y regístrese la presente contratación en el Registro de Vínculos con el Estado.
Firma
Dr. Tabaré Vázquez
Presidente de la República, período 2015-2020.