Resolución N° 1/019 Autorización al Ministerio de Desarrollo Social a contratar 25 Operadores/as de Cercanías, a efectos de prestar funciones en la Dirección Nacional Uruguay Crece Contigo
Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Social a contratar bajo la modalidad de contrato de trabajo a las personas que se detalla.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 28 FEB 2019
VISTO: estos antecedentes relacionados con la contratación de veinticinco (25) Operadores/as de Cercanías, a efectos de prestar funciones en la Dirección Nacional Uruguay Crece Contigo, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Inciso 15, “Ministerio de Desarrollo Social", en régimen de Contrato de Trabajo;
RESULTANDO:
- que existe disponibilidad de crédito de acuerdo al informe producido por la Contaduría General de la Nación para la presente erogación;
- que por Resolución N° 132/2017 de fecha 23 de enero de 2017 del Ministerio de Desarrollo Social, se convocó a un llamado público y abierto de méritos y antecedentes para la contratación de veinticinco (25) Operadores/as de Cercanías, a efectos de prestar funciones en la Dirección Nacional Uruguay Crece Contigo, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría", Inciso 15, “Ministerio de Desarrollo Social”, en régimen de Contrato de Trabajo;
- que oportunamente el Tribunal del Concurso se pronunció en los términos del Acta N° 4 (Fallo Final) de fecha 5 de setiembre de 2017;
- que el procedimiento y el fallo del Tribunal actuante cuenta con la homologación del Jerarca del Inciso;
- que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 24 de abril de 2018 se autorizó al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, a contratar a veinticinco (25) Operadores/as de Cercanías, a efectos de prestar funciones en la Dirección Nacional Uruguay Crece Contigo, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, en régimen de Contrato de Trabajo;
- que asimismo, y en atención a la necesidad del Inciso de contar con nuevos recursos humanos y por razones de economía y celeridad, por Resolución Ministerial N° 948/018 de 13 de setiembre de 2018, se autorizó el uso de la lista de prelación del llamado de referencia, y a proceder conforme a la misma, para la provisión de veinte (20) nuevos puestos de Operadores/as de Cercanías, a efectos de prestar funciones en la Dirección Nacional Uruguay Crece Contigo, Unidad Ejecutora 001: “Dirección General de Secretaría”, Inciso 15, “Ministerio de Desarrollo Social”, en régimen de contrato de trabajo, no aceptando el cargo concursado las siguientes personas: 1) MARIA FERNANDA RISSO CLAVIJO, titular de la cédula de identidad N° 4.661.304-9; 2) MARIA ALEJANDRA MACHADO HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.854.176-5; 3) MARÍA IGNACIAISASTI PEÑA, titular de la cédula de identidad N° 4.555.282-8; 4) MORIANA ELEONORA DE MARIA BUENO, titular de la cédula de identidad N° 4.156.090-4; 5) JESUS ANDRES SUAREZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.037.689-3; 6) MONICA INES LOZANO GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.590.533-4; 7) DENISE VAZZUBELDÍA, titular de la cédula de identidad N° 1.620.232-9 y 8) ADRIANA FLORENCIA UMPIERREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.627.245-9;
CONSIDERANDO:
- que oportunamente se dió cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley N° 19.121 de 20 de agosto de 2013, por el artículo 4 de la Ley N°19.122 de 21 de agosto de 2013, por los Decretos N° 223/013 de 1 de agosto de 2013, 118/014 de 30 de abril de 2014 y 144/014 de 22 de mayo de 2014, por el artículo 525 de la Ley N° 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015 y demás normativa vigente;
- que según lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil, en informe de fecha 7 de febrero de 2019, según la información obtenida de los Registros (RVE, SGH) y de las declaraciones juradas, no surgen inscripciones que afecten las contrataciones que se gestionan. No obstante SILVANA TOMASIONI, MARIA GIMENA ALLEGUE MENDEZ, MARIANA PAOLA GARCIA SUBIRAN y MAITE RAMA GARCIA, son funcionarías docentes, debiendo tenerse presente que no puede existir superposición de horarios y el desempeño de ambas funciones no puede superar las sesenta horas semanales, conforme lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley N°11.923 de 27 de marzo de 1953;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a la normativa citada;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE:
- Autorízase al Inciso 15, Ministerio de Desarrollo Social, a contratar a las siguientes personas: 1) ROMINA DIORELLA GALLO PINAZZO, Cédula de Identidad N° 4.012.555-5; 2) MARIANA KARINA CIRLINAS MARTINS, Cédula de Identidad N° 4.428.159-7; 3) CECILIA DEYAMIRA REPETTO FUENTES, Cédula de Identidad N° 4.613.873-8; 4) SILVANA MARTA TOMASIONI MASSIMELLI, Cédula de Identidad N° 4.423.925-9; 5) ANA PAULA CAMAÑO BOTELLO, Cédula de Identidad N° 4.439.238-6; 6) MARIA GIMENA ALLEGUE MENDEZ, Cédula de Identidad N° 4.701.997-3; 7) MARIA FLORENCIA FONTES MESA, Cédula de Identidad N° 4.487.079-6; 8) MARIANA PAOLA GARCIA SUBIRAN, Cédula de Identidad N° 4.578.478-8; 9) AGUSTINA GONELA ARTÍA, Cédula de Identidad N° 4.779.371-7, 10) MAITE RAMA GARCIA, Cédula de Identidad N° 4.375.324-4; 11) MARISA FERREIRA DE OLIVEIRA MADEIRA; Cédula de Identidad N° 3.888.498-4; 12) FABIANA GABRIELA SANTOS CARRARA, Cédula de Identidad N° 4.456.447-0, bajo la modalidad de contrato de trabajo, regulado por el artículo N° 92 de la Ley N° 19.121 de 20 de agosto de 2013, para desempeñar tareas técnicas en la Dirección Nacional Uruguay Crece Contigo, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, en régimen de Contrato de Trabajo, con una carga horaria de 40 horas semanales, una remuneración nominal mensual de $ 56.227,92 (pesos uruguayos cincuenta y seis mil doscientos veintisiete con 92/100), a valores enero 2018 y por un período de dos (2) años.
- Previo a la suscripción de los contratos respectivos, la Sra. ROMINA GALLO deberá acreditar la aceptación de renuncia al vínculo que actualmente mantiene con la Administración, y deberá tenerse presente que las señoras SILVANA TOMASIONI, MARIA GIMENA ALLEGUE MENDEZ, MARIANA PAOLA GARCIA SUBIRAN y MAITE RAMA GARCIA, son funcionarías docentes, por lo que no podrá existir superposición de horarios y el desempeño de ambas funciones no podrá superar las sesenta horas semanales, conforme lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley N°11.923 de 27 de marzo de 1953.
- La presente erogación se financiará con cargo al Inciso 15, Unidad Ejecutora 001, Programa 401, Proyecto 000, Grupo 05, Objeto del Gasto 559.035, Financiamiento 11.
- Notifíquese a las interesadas y regístrese la presente contratación en el Registro de Vínculos con el Estado.
Firma
Dr. Tabaré Vázquez
Presidente de la República, período 2015-2020.