Resolución N° 1/019 Autorización al Ministerio de Desarrollo Social a contratar 3 profesionales para desempeñarse como Valoradores de Discapacidad y Dependencia
Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Social a contratar bajo la modalidad de contrato de trabajo a las personas que se detalla.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 28 FEB 2019
VISTO: estos antecedentes relacionados con la necesidad del Inciso 15, “Ministerio de Desarrollo Social” de contratar tres (3) profesionales para desempeñarse como Valoradores de Discapacidad y Dependencia, dependientes del Programa Nacional de Discapacidad, bajo el régimen de Contrato de Trabajo;
RESULTANDO:
- que existe disponibilidad de crédito de acuerdo al informe producido por la Contaduría General de la Nación para la presente erogación;
- que por Resolución del Ministerio de Desarrollo Social N°705/2018 de fecha 24 de julio de 2018 se convocó a un llamado público y abierto de méritos y antecedentes para la contratación de tres (3) profesionales para desempeñarse como Valoradores de Discapacidad y Dependencia, dependientes del Programa Nacional de Discapacidad, bajo el régimen de Contrato de Trabajo;
- que el Tribunal del Concurso se pronunció en los términos del Acta N° 3 (Fallo Final), de fecha 7 de diciembre de 2018;
- que el procedimiento y el fallo del Tribunal actuante cuenta con la homologación del Jerarca del Inciso;
CONSIDERANDO:
- que oportunamente se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo N° 92 de la Ley N° 19.121 de 20 de agosto de 2013, por los Decretos N° 118/014 de 30 de abril de 2014, 223/013 de 1 de agosto de 2013, artículo 525 Inciso 3 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015 y demás normativa vigente;
- que según lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil, en informe de fecha 30 de enero de 2019, según la información obtenida de los Registros (RVE, SGH) y de las declaraciones juradas, surge que MARIA VALENTINA GALVALISI mantiene otro vínculo con el Estado “Contrato de Trabajo para MIDES a través de OSC CLAEH”, que de subsistir a la fecha de suscripción del contrato que se gestiona se vería alcanzado por la prohibición del artículo 32 inciso 1 de la Ley N°11.923 de 27 de marzo de 1953 o lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley N° 18.834 de fecha 4 de noviembre de 2011, que establece que la persona a contratar mediante arrendamiento de servicios financiados con Organismos Internacionales no podrá ser funcionario público, debiendo optar por una de las figuras;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a la normativa citada;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE:
- Autorízase al Inciso 15, “Ministerio de Desarrollo Social”, a contratar a: 1) MARIA VALENTINA GALVALISI HERRMANN, titular de la cédula de identidad N° 4.330.908-5; 2) NATALIA DENIS CANCELA, titular de la cédula de identidad N° 4.058.860-0 y 3) LUCIA SANCHEZ SOLE, titular de la cédula de identidad N° 4.704.855-8, en modalidad de Contrato de Trabajo, regulado por el artículo 92 de la Ley N° 19.121 del 20 de agosto de 2013, para desempeñar tareas como Valoradores de Discapacidad y Dependencia, dependientes del Programa Nacional de Discapacidad, bajo el régimen de Contrato de Trabajo , con una carga horaria de 40 horas semanales, una remuneración nominal mensual de $ 61.106,00 (pesos uruguayos sesenta y un mil ciento seis con 00/100), a valores enero 2018 y por un período de dos (2) años.
- Previo a la suscripción de los contratos respectivos, se deberá tener presente lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil en informe de fecha 30 de enero de 2019, en cuanto la Sra. MARIA VALENTINA GALVALISI mantiene otro vínculo con el Estado “Contrato de Trabajo para MIDES a través de OSC CLAEH”, que de subsistir a la fecha de suscripción del contrato que se gestiona se vería alcanzado por la prohibición del artículo 32 inciso 1o de la Ley N°11.923 de 27 de marzo de 1953 o lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley N°18.834 de fecha 4 de noviembre de 2011, que establece que la persona a contratar mediante arrendamiento de servicios financiados con Organismos Internacionales no podrá ser funcionario público, debiendo optar por una de las figuras.
- La presente erogación se financiará con cargo al Inciso 15, Unidad Ejecutora 001, Programa 401, Proyecto 000, Grupo 0, Objeto del Gasto 559.035, Financiamiento 11.
- Notifíquense y regístrense las presentes contrataciones en el Registro de Vínculos con el Estado.
Firma
Dr. Tabaré Vázquez
Presidente de la República, período 2015-2020.