Resolución N° 1/019 Autorización al Ministerio de Desarrollo Social para la realización de una campaña de bien público denominada Campaña 2019 de Voluntariado
Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Social la realización de una campaña de bien público denominada Campaña 2019 de Voluntariado, que se emitirá desde el 14 de febrero hasta el 3 de marzo de 2019.
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 13 FEB 2019
VISTO: la gestión promovida por el Ministerio de Desarrollo Social a efectos de realizar una campaña de bien público al amparo de lo establecido en el literal A) del artículo 95 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014;
RESULTANDO:
- que dicha norma prevé que los titulares de servicios de radio, de televisión abierta y de televisión para abonados en sus señales propias y las señales de televisión cuya programación sea establecida en Uruguay y que sean difundidas o distribuidas por servicios para abonados con autorización o licencia para actuar en nuestro país, deberán permitir el uso gratuito a organismos públicos y personas públicas no estatales para la realización de campañas de bien público;
- que la Ley establece que las campañas de bien público versarán sobre temas tales como salud, educación, niñez y adolescencia, igualdad de género, convivencia, seguridad vial, derechos humanos, combate a la violencia doméstica y la discriminación:
- que la campaña propuesta tiene el objetivo de dar a conocer el Programa Nacional de Voluntariado, el cual promueve la participación social y el voluntariado como forma de construcción de ciudadanía y generación de mayor integración social, denominada en este caso, “Campaña 2019 de Voluntariado”; CONSIDERANDO: I) que el Ministerio de Industria, Energía y Minería ha tomado la intervención que le compete; II) que conforme a lo establecido en la norma legal aludida y a la materia que refiere la campaña de bien público de que se trata, se considera relevante la difusión pública, por lo que corresponde autorizar la precitada campaña;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 95 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE:
- Autorízase al Ministerio de Desarrollo Social, la realización de la campaña de bien público, prevista en el literal A) del artículo 95 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014, a ser emitida desde el día 14 de febrero hasta el 3 de marzo de 2019, denominada, “Campaña 2019 de Voluntariado”.
- En el presente caso, los 15 minutos diarios de difusión a que refiere la norma legal habilitante se fraccionarán en los espacios, segundos/minutos y horarios según las pautas que se agregan en Anexo adjunto y que se considera parte integrante de la presente Resolución. Los referidos spots no deberán repetirse en una misma tanda.
- Comuniqúese, notifíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, etc.
Firma
Dr. Tabaré Vázquez
Presidente de la República, período 2015-2020.