Resolución N° 1/019 Autorización al Ministerio de Desarrollo Social para contratar 3 técnicos a desempeñarse en el Instituto Nacional de la Juventud
Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Social a contratar bajo la modalidad de contrato de trabajo a las personas que se detalla.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 28 FEB 2019
VISTO: estos antecedentes relacionados con la contratación de tres (3) técnicos, para desempeñarse en el Instituto Nacional de la Juventud (INJU), en el Inciso 15, “Ministerio de Desarrollo Social”, bajo el régimen de Contrato de Trabajo;
RESULTANDO:
- que existe disponibilidad de crédito de acuerdo al informe producido por la Contaduría General de la Nación para la presente erogación;
- que la Oficina Nacional del Servicio Civil se ha pronunciado favorablemente;
- que por Resolución del Ministerio de Desarrollo Social N° 494/2018 de fecha 7 de junio de 2018 se convocó a un llamado a concurso público y abierto de méritos y antecedentes para la contratación de tres (3) técnicos, para desempeñarse en el Instituto Nacional de la Juventud (INJU), bajo el régimen de Contrato de Trabajo;
- que el Tribunal del Concurso se pronunció en los términos del Acta N° 4 (Fallo Final), de fecha 18 de octubre de 2018;
- que el procedimiento y el fallo del Tribunal actuante cuenta con la homologación del Jerarca del Inciso;
CONSIDERANDO:
- que conforme surgen de las actuaciones del Departamento de Carrera Funcional del Área Gestión Humana del Ministerio de Desarrollo Social, Inés Dosil, Fabián Landeira y María Libertad Cuitiño, manifestaron su renuncia al cargo concursado;
- que en consecuencia, corresponde proceder conforme el orden de prefación resultante del presente llamado;
- que oportunamente se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo N°92 de la Ley N° 19.121 de 20 de agosto de 2013, por los Decretos N° 118/2014 del 30 de abril de 2014, 223/2013 de 1o de agosto de 2013, por el artículo 525 de la Ley N° 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015 y demás normativa vigente;
- que según lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil, en informe de fecha 25 de enero de 2019, según la información obtenida de los Registros (RVE, SGH) y de las declaraciones juradas, no surgen observaciones que formular, salvo en cuanto a las Sras. LORENA BERNARDA VIZCAINO y MARIA INES REDES, son funcionarías docentes debiendo tenerse presente que no puede existir superposición de horarios y el desempeño de ambas funciones no puede superar las sesenta horas semanales, a los efectos de no contravenir el artículo 33 de la Ley N°11.923 de 27 de marzo de 1953;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a la normativa citada;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE:
- Autorízase al Inciso 15, Ministerio de Desarrollo Social, a contratar a las siguientes personas: 1) LORENA BERNARDA VIZCAINO FERNANDEZ, Cédula de Identidad N°4.517.597-5; 2) GABRIELA CUENCA CIMA, Cédula de Identidad N°3.532.247-9 y 3) MARIA INES REDES LOPERENA, Cédula de identidad N°2.893.479-0, bajo la modalidad de contrato de trabajo, regulado por el artículo N° 92 de la Ley N° 19.121 de 20 de agosto de 2013, para desempeñar tareas técnicas en el Instituto Nacional de la Juventud (INJU) con una carga horaria de 40 horas semanales, una remuneración nominal mensual de $56,228 (pesos uruguayos cincuenta y seis mil doscientos veintiocho), a valores enero 2018 y por un período de dos (2) años.
- Previo a la suscripción de los contratos respectivos, se deberá tener presente lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil en informe de fecha 25 de enero de 2019, en cuanto a que LORENA BERNARDA VIZCAINO y MARIA INES REDES, son funcionarías docentes debiendo tenerse presente que no puede existir superposición de horarios y el desempeño de ambas funciones no puede superar las sesenta horas semanales, a los efectos de no contravenir el artículo 33 de la Ley N°11.923 de 27 de marzo de 1953.
- Esta erogación se financiará con cargo al Inciso 15, Unidad Ejecutora 001, Programa 401, Proyecto 000, Grupo 05, Objeto del Gasto 559.035, Financiamiento 11.
- Notifíquese a los interesados y regístrese la presente contratación en el Registro de Vínculos con el Estado.
Firma
Dr. Tabaré Vázquez
Presidente de la República, período 2015-2020.