Resolución N° 1/019 Designación a Federico Grigo como investigador asistente en el Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 25 FEB 2019
VISTO: la gestión de la Unidad Ejecutora 011 “Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable”, Programa 240 del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, mediante la cual se solicita la designación del señor Federico Trigo, en un cargo de Investigador - Asistente, Escalafón “D”, Grado 13.
RESULTANDO: que por la Resolución del Consejo Directivo del citado Instituto de 17 de setiembre de 2018, se homologa el fallo del Tribunal, en el cual se designa como ganador del Concurso de Oposición y Méritos para la provisión de un cargo de Investigador Asistente para el Departamento de Neurofisiología Celular y Molecular, al señor Federico Trigo.
CONSIDERANDO: que la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación, emitieron informes favorables respecto a la presente designación.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 233 de la Ley N° 13.640 de 26 de diciembre de 1967 y el Decreto N° 189/987 de 31 de marzo de 1987 .
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE:
- Desígnase en la Unidad Ejecutora 011 “Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable”, Programa 240 del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, al señor Federico Trigo, titular de la cédula de identidad 1.977.401-4, en un cargo de Investigador Asistente, Escalafón “D”, Grado 13, Puesto 21395, Plaza 6, a partir de la notificación de la presente Resolución.
- Establécese que la citada persona desempeñará 40 (cuarenta) horas semanales con dedicación total y una remuneración mensual de $ 121.387 (pesos uruguayos ciento veintiún mil trescientos ochenta y siete) a valores 2018, en el Departamento- de Neurofisiología Celular y Molecular.
- Dispónese que en caso de que el postulante seleccionado posea otro vínculo con el Estado, deberá acreditar la aceptación de la renuncia al mismo, previo a la suscripción del contrato respectivo.
- En caso de ser docente deberá realizar la acumulación de sueldos y no podrá haber superposición horaria en el desempeño de ambas funciones, ni superar las 60 (sesenta) horas semanales, en atención a lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley N° 11.923 de 27 de marzo de 1953.
- Comuniqúese a la Contaduría General de la Nación, a la Oficina Nacional de Servicio Civil y a las Áreas Programación y Gestión Financiera y Gestión Humana del Ministerio de Educación y Cultura.
- Pase al Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable, para el ingreso en el Sistema de Gestión Humana, notificación del interesado y demás efectos que correspondan.
- Cumplido, archívese.
Firma
Dr. Tabaré Vázquez
Presidente de la República, período 2015-2020.