Resolución N° 1/019 Expropiación por causa de utilidad pública, declarándose urgente su ocupación varias fracciones de terreno destinadas a las obras para la "Corrección del trazado de la Ruta N° 14"

Se designa para ser expropiadas por causa de utilidad pública, declarándose urgente su ocupación, varias fracciones de terreno destinadas a las obras para la "Corrección del trazado de la Ruta n° 14", ubicadas en la 1a, 10a, y 11a Secciones Catastrales del Departamento de Soriano, en la 3a Sección Catastral del Departamento de Flores y en la 2a Sección Catastral del Departamento de Durazno.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 29 ABR 2019
VISTO: estos antecedentes relacionados con las obras para la “Corrección del trazado de la Ruta N° 14”, de los Departamentos Soriano, Flores y Durazno.            
RESULTANDO: 

  1. Que la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, informa que a los efectos de la normal ejecución de las obras de referencia, es necesario expropiar varias fracciones de terreno, ubicadas en la 1°, 10° y 11° Secciones Catastrales del Departamento de Soriano, en la 3° Sección Catastral del Departamento de Flores y en la 2° Sección Catastral del Departamento de Durazno.                    
  2. Que la Asesoría Legal de la citada Unidad Ejecutora, expresa que no tiene observaciones que formular a las presentes actuaciones.        

CONSIDERANDO: que por lo expuesto, corresponde resolver en consecuencia.            
ATENTO: a lo establecido en el Art.3 Inc. 2 y Art.4 Numeral 1° de la Ley de Expropiaciones N° 3.958 del 28 de marzo de 1912.         
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE:

  1. DESÍGNANSE para ser expropiadas por causa de utilidad pública, declarándose urgente su ocupación, varias fracciones de terreno, destinadas a las obras para la “Corrección del trazado de la Ruta N° 14”, ubicadas en la 1°, 10° y 11° Secciones Catastrales del Departamento de Soriano, en la 3° Sección Catastral del Departamento de Flores y en la 2° Sección Catastral del Departamento de Durazno, delineadas en los planos parcelarios del Ingeniero Agrimensor Marcelo Zanatta, de fecha Enero de 2019, cuyos padrones se detallan a continuación: 1° Sección Catastral del Departamento de Soriano: Padrón N° 2.314; Padrón N° 2.549; Padrón N° 3.272; Padrón N° 4.532; Padrón N° 10.180; Padrón N° 10.588; Padrón N° 11.264; Padrón N° 11.265 y el Padrón N° 11.266. 10°Sección Catastral del Departamento de Soriano: Padrón 480; Padrón N° 2.999 y el Padrón N° 5.420. 11a Sección Catastral del Departamento de Soriano: Padrón N° 527; Padrón N° 8.674; Padrón N° 8.818 y el Padrón N° 11.390. 3a Sección Catastral del Departamento de Flores: Padrón N° 893; Padrón N° 926; Padrón N° 1.019; Padrón N° 1.422 Padrón N° 1.622; Padrón N° 1.757; Padrón N° 1.765; Padrón N° 2.247; Padrón N° 3.769; Padrón N° 4.002 y el Padrón N° 4.233. 2a Sección Catastral del Departamento de Durazno: Padrón N° 762; Padrón N° 763; Padrón N° 5.860; Padrón N° 9.858 y el Padrón N° 10.472. 2°) Previamente a que el Organismo que expropia, apruebe la tasación de los bienes y disponga la prosecución de los procedimientos correspondientes. deberá efectuarse la imputación preventiva a efectos de asegurar la disponibilidad de crédito para la misma.    
  2. COMUNÍQUESE y vuelva a la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a sus efectos.

Firma 

Dr. Tabaré Vázquez

Presidente de la República, período 2015-2020.

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