Resolución N° 1/019 Quebrantos de Caja de las Unidades Ejecutoras 001 “Dirección General de Secretaría” y 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos” del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 19 FEB 2019
VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 12 de diciembre de 2016, recaída en asunto N° 2016/07/001/1/5048, por la cual se modificó el numeral 1 de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 28 de diciembre de 2005 (asunto agregado N° 2005/07/001/3/11745), en relación a los Quebrantos de Caja de las Unidades Ejecutoras 001 “Dirección General de Secretaría” y 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos” del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a partir del 2 de mayo de 2016;
RESULTANDO:
- que la División Contabilidad y Finanzas y la Tesorería de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, el Área Financiero Contable y la Tesorería de la Unidad Ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos” del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, revisan la situación de ambas Tesorerías y señalan que, por el imperio del Art. 292 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, los cometidos, tareas y funcionarios relacionados con el contralor de semovientes, la aplicación de las multas y los servicios de remate por pantalla, continúan efectuándose por el Departamento de Contralor de Semovientes (DICOSE) de la Unidad Ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”. Por lo expuesto, la Unidad Ejecutora 005 solicita la reasignación de primas de Quebrantos de Caja para dos (2) funciones de Sub-Cajero Categoría B de U.R. 20 cada uno de la Tesorería de la U.E.001 a la Tesorería de la U.E.005, ambas del Programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servios”, a partir del 1 de julio de 2017;
- que con fecha 21 de setiembre de 2017 la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca solicita se realicen los trámites pertinentes para modificar la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 28 de diciembre de 2005;
- que con fecha 30 de octubre de 2017 la Comisión Decreto N° 599/984 realiza observaciones al proyecto de Resolución;
- que con fecha 10 de enero de 2018, vuelve a la Contaduría General de la Nación con el nuevo proyecto de resolución;
- que con fecha 16 de febrero de 2018 la Comisión Decreto N° 599/984 realiza otras observaciones al proyecto de Resolución y considera más adecuado se proyecte una nueva y única Resolución, según luce de fojas 23 a 25;
- la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación efectuaron oportunamente los estudios pertinentes;
CONSIDERANDO:
- conveniente en consecuencia, proceder a su aprobación, de conformidad con las pautas de uniformización y normativa vigente;
- que en el caso se trata de una distribución, que no implica un aumento de costo de caja;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo preceptuado por el Art. 103 del Decreto-Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983, en la redacción dada por el Art. 20 de la Ley N° 16.170, de 28 de diciembre de 1990 y Art. 292 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE:
- Adjudícase a las Unidades Ejecutoras que se indican, las Unidades Reajustables en concepto de Quebrantos de Caja según el siguiente detalle:
Prog.
U.E.
Denominación
Cat.
U.R.
320
001 Dirección General de Secretaría
1
Tesorero General
A
50
1
Sub-Tesorero General
A
40
1
Cajero Principal
A
50
1
Cajero Banco
A
40
6
Cajeros Pagadores
A
35
2
Cajeros
A
25
1
Cajero
A
20
2
Encargados Mov. de Fondos
B
15
1
Encargado Mov. de Fondos
B
10
2
Encargados Mov. de Fondos
B
5
Prog.
U.E.
Denominación
Cat.
U.R.
320
002 Dirección Nacional de Recursos Acuáticos
1
Responsable de Tesorería
B
20
2
Encargados Mov. de Fondos
B
10
Prog.
U.E.
Denominación
Cat.
U.R.
320
003 Dirección General de Recursos Naturales
1
Responsable de Tesorería
B
20
1
Encargado Mov. de Fondos
B
15
4
Encargados Mov. de Fondos
B
10
Prog.
U.E.
Denominación
Cat.
U.R.
320
004 Dirección General de Servicios Agrícolas
1
Cajero
A
30
4
Cajeros
A
25
4
Responsables de Tesorería
B
15
2
Encargados Mov. de Fondos
B
20
1
Encargado Mov. de Fondos
B
12
6
Encargados Mov. de Fondos
B
10
2
Encargados Mov. de Fondos
B
8
5
Encargados Mov. de Fondos
B
5
Prog.
U.E.
Denominación
Cat.
U.R.
320
005 Dirección General de Servicios Ganaderos
1
Cajero
A
25
1
Responsable de Tesorería
B
20
2
Sub-Cajeros
B
20
3
Responsables de Tesorería
B
15
5
Encargados Mov. de Fondos
B
15
9
Encargados Mov. de Fondos
B
12
25
Encargados Mov. de Fondos
B
10
1
Encargado Mov. de Fondos
B
8
11
Encargados Mov. de Fondos
B
5
Prog.
U.E.
Denominación
Cat.
U.R.
320
006
Dirección General de la Granja
1
Encargado Mov. de Fondos
B
14
Prog.
U.E.
Denominación
Cat.
U.R.
320
008
Dirección General Forestal
1
Responsable de Tesorería
B
20
2
Encargados Mov. de Fondos
B
10
- La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos respectivos, considerando el valor vigente, reajustable al final de cada semestre.
- Déjanse sin efecto las Resoluciones del Poder Ejecutivo de fechas 31 de diciembre de 1998; 28 de diciembre de 2005 y 12 de diciembre de 2016.
- Comuniqúese y, pase a sus efectos al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Firma
Dr. Tabaré Vázquez
Presidente de la República, período 2015-2020.