Resolución N° 1/019 Se aprueba en todas sus partes el convenio suscripto entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Intendencia Departamental de Canelones

Se aprueba en todas sus partes el convenio suscripto entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Intendencia Departamental de Canelones, con fecha 21 de diciembre de 2017, con el objetivo de que se ejecuten las obras por parte de la citada comuna para la construcción del Parque Metropolitano de La Paz.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

MINISTERIO DEL INTERIOR

Montevideo, 20 MAY 2019

VISTO; el Convenio celebrado entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Intendencia Departamental de Canelones, con fecha 21 de diciembre de 201 7.

RESULTANDO;

  1. Que el citado Gobierno Departamental ha solicitado la colaboración del referido Ministerio para ejecutar obras en el marco del plan de ordenamiento territorial para la Microrregión número 7, consolidando la propuesta de espacios verdes con el denominado “Parque Metropolitano de La Paz”, con el involucramiento de los habitantes de las localidades de La Paz, Las Piedras, 18 de Mayo, Progreso y del Departamento de Montevideo.
  2. Que la suscripción del presente Convenio tiene por objeto, la ejecución de obras por parte de la Intendencia Departamental de Canelones para la construcción del “Parque Metropolitano de La Paz”, a través del aporte que realizará el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, mediante la transferencia de fondos a efectos de que la citada Comuna, desarrolle y ejecute las obras referenciadas, recursos que serán administrados y pagados por la citada Intendencia. 
  3. Que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, se obliga a transferir a la Intendencia Departamental de Canelones, la suma de U$S2:734.200 (dólares estadounidenses dos millones setecientos treinta y cuatro mil doscientos).
  4. Que la Intendencia Departamental de Canelones, se obliga a proyectar y ejecutar las obras de construcción e infraestructura del Proyecto “Parque Metropolitano de La Paz”, ubicado en la 5a Sección Judicial del Departamento de Canelones Localidad Catastral La Paz, padrón número 4318, el cual contará dentro de los nuevos espacios del Parque con: Espacio de actividades para primera infancia - Pista de skate - Explanada multifuncional para eventos - Area de fogones - Circuito aeróbico - Sendero de recorrido - Estaciones saludables - Espacio multifuncional (depósito, guarida para el guardaparque y servicios higiénicos) - Techado de canchas, creación de un gimnasio polifuncional, incluye también la iluminación del entorno inmediato al mismo con una totalidad de 185 luminarias (aproximadamente).-
  5. Que el presente Convenio tendrá vigencia, a partir de su aprobación por parte del Poder Ejecutivo y regirá hasta el 31 de diciembre de 2019.-
  6. Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central - E.E. N°2019-17-l-0001383, Ent. N° 1106/19), ha tomado la intervención que le compete, sin formular observaciones al respecto.-

ATENTO: a lo establecido en el artículo 33, numeral Io, literal C) del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado, aprobado por el Decreto N°150/012 de 11 de mayo de 2012 y cláusula NOVENA del presente Convenio.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
:

  1. Apruébase -en todas sus partes- el Convenio suscrito entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Intendencia Departamental de Canelones, con fecha 21 de diciembre de 2017, el que tiene por objeto la ejecución de obras por parte de la citada Comuna para la construcción del “Parque Metropolitano de La Paz”, a través del aporte que realizará el referido Ministerio, mediante la transferencia de fondos a efectos de que el citado Gobierno Departamental, desarrolle y ejecute las obras referenciadas.-
  2. Autorízase a los fines indicados, la inversión de la suma de U$S2:734.200 (dólares estadounidenses dos millones setecientos treinta y cuatro mil doscientos), la que se atenderá con cargo a la Ley N°19.355 de 19 de diciembre de 2015, Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Programa 361, Proyecto 702, Financiación 1.1 Rentas Generales.
  3. Comuniqúese y pase al Contador Central de la Contaduría General de la Nación y al Contador Auditor del Tribunal de Cuentas de la República destacados en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para su intervención. Cumplido, siga al Area Financiero Contable, a sus efectos

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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