Resolución N° 1/019 Se autoriza a la Dirección General de Casinos a contratar de forma zafral a los integrantes que se indica del registro de aspirantes conformado por llamado público, en funciones de Fiscal III.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
VISTO: la gestión realizada por la Dirección General de Casinos. para la
contratación de personal zafral para varios de sus establecimientos.
RESULTANDO:
- que en el año 2017. el citado organismo, realizó un llamado público, con el objeto de conformar un registro de aspirantes para incorporarse al mismo. en calidad de funcionarios públicos y en la función contratada de Fiscal III, Zafral. para desempeñar tareas de cajero y operador de sala.
- que en el citado Llamado, se establecieron como lugares de destino de los cupos del referido registro. los Casinos del Estado: Casino del Sacramento (Colonia). Nuevo Nogaró y Nuevo Rivera; las Salas de Esparcimiento: Chuy. San José. Treinta y Tres. Tacuarembó. Durazno y Florida. y los establecimientos sitos en el Área Metropolitana.
- que han quedado conformados 2 (dos) registros paralelos. uno con los aspirantes que se autodefinieron afrodescendientes y otro integrado por el resto de los aspirantes. con las siguientes cantidades totales por establecimiento: Casino del Sacramento (Colonia). 3 (tres) aspirantes; Casino Nuevo Nogaró. 7 (siete) aspirantes; Casino Nuevo Rivera. 3 (tres) aspirantes: Sala de Esparcimiento Chuy. 2 (dos) aspirantes; Sala de Esparcimiento San José. 2 (dos) aspirantes; Sala de Esparcimiento Treinta y Tres. 4 (cuatro) aspirantes; Sala de Esparcimiento Tacuarembó. 5 (cinco) aspirantes; Sala de Esparcimiento Durazno. 2 (dos) aspirantes; Sala de Esparcimiento Florida. 2 (dos) aspirantes y los establecimientos sitos en el Área Metropolitana. 75 (setenta y cinco) aspirantes.
- que por Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de noviembre de 2018. se autorizó a la Dirección General de Casinos a contratar en forma zafral. con destino a la Sala de Esparcimiento San José. 2 (dos) aspirantes; Sala de Esparcimiento Treinta y Tres. 2 (dos) aspirantes; Sala de Esparcimiento Tacuarembó, 3 (tres) aspirantes; Sala de Esparcimiento Durazno. 1 (un) aspirante; Sala de Esparcimiento Florida. 2 (dos) aspirantes; Casino del Sacramento (Colonia). 3 (tres) aspirantes y 19 (diecinueve) aspirantes del Registro del Área Metropolitana conformado a partir del llamado público respectivo. en funciones contratadas de Fiscal III. Zafral. del Presupuesto Operativo y de Inversiones de la Dirección General de Casinos.
- que por Resolución de la Dirección General de Casinos N° 551 de 26 de noviembre de 2018, se contrató y convocó a los aspirantes comprendidos en la Resolución citada en el numeral IV).
- que el postulante Sr. Hugo Emiliano Ramos Sisneros, perteneciente al registro del Casino del Estado Nuevo Nogaró, renunció a ser incorporado al organismo, motivo por el cual dicho registro se redujo a 6 (seis) postulantes.
CONSIDERANDO:
- que la efectiva contratación de los aspirantes, resultará de las necesidades del servicio que la Dirección General de Casinos determine en cada caso.
- que en ese marco, el mencionado organismo gestiona la autorización para contratar 6 (seis) aspirantes del Registro existente para el Casino del Estado Nuevo Nogaró y 2 (dos) del Registro existente para la Sala de Esparcimiento Chuy.
- que los referidos aspirantes, luego de un proceso de selección han acreditado reunir las condiciones necesarias para ser contratados por la Dirección General de Casinos en funciones contratadas de Fiscal III, Zafral, quedando sujeto el perfeccionamiento de las referidas contrataciones a la resolución de la Dirección General de Casinos, que disponga la fecha de toma de posesión de aquellos aspirantes comprendidos en la presente resolución.
- que la Dirección General de Casinos determinará, además, el o los términos de cada convocatoria, de acuerdo a las necesidades del servicio y conforme al estatuto funcional que comprende a esta categoría de funcionarios en el marco de la normativa propia aplicable en la Dirección General de Casinos. A tales efectos, durante los períodos de no convocatoria al trabajo, el personal zafral permanecerá vinculado formalmente al citado organismo, sin percibir ingreso alguno, durante el período en el cual no desempeñe tareas efectivamente.
- que de acuerdo a lo previsto en el punto 10.3 de las bases del Llamado antes citado, determinada la necesidad de personal y propuesta la incorporación del aspirante respectivo, éste deberá dar su consentimiento expreso a la misma, por lo que la Dirección General de Casinos gestionó y obtuvo las referidas conformidades.
- que la Dirección General de Casinos previo el crédito correspondiente en el Presupuesto Operativo y de Inversiones correspondiente al ejercicio 2019.
ATENTO: a lo dispuesto en la Ley N° 13.921 de 30 de noviembre de 1970, modificada en lo pertinente por lo dispuesto en el artículo 327 del Decreto- Ley N° 14.189 de 30 de abril de 1974, y Decreto-Ley N° 15.206 de 3 de noviembre de 1981, el artículo 165 de la Ley N° 16.226 de 29 de octubre de 1991 y a lo establecido en el artículo 10 de la Ley N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1o) Autorízase a la Dirección General de Casinos a contratar, en forma zafral, a los integrantes del Registro de Aspirantes conformado a partir del Llamado Público respectivo y que se indican a continuación, en funciones contratadas de Fiscal III - Zafral del Presupuesto Operativo y de Inversiones correspondiente al ejercicio 2019, de la Dirección General de Casinos, con las remuneraciones que corresponden a su respectivo estatuto funcional.
2o) Las referidas contrataciones quedarán condicionadas a la efectiva disponibilidad presupuestal y a la resolución de la Dirección General de Casinos que, conforme a las necesidades del servicio, disponga la fecha de toma de posesión de aquellos aspirantes comprendidos en la presente Resolución, que el organismo decida convocar:
Registro | Nombres y Apellidos | C. Identidad |
Sala de Esparcimiento Chuy | Mathías Pérez Vogler | 4.717.677-7 |
Sala de Esparcimiento Chuy | Manuel Pérez Techera | 5.051.369-1 |
Casino del Estado Nuevo Nogaró | Priscilla Cuello Rodríguez | 4.411.750-4 |
Casino del Estado Nuevo Nogaró | Narciso Eduardo Betancor Pallas | 4.477.260-1 |
Casino del Estado Nuevo Nogaró | Lucía Eliana Laborde Bellas | 4.922.555-6 |
Casino del Estado Nuevo Nogaró | Oscar Alfredo Espíndola Silva | 4.495.383-5 |
Casino del Estado Nuevo Nogaró | Esteban Miguel Machado Esquibel | 4.101.817-7 |
Casino del Estado Nuevo Nogaró | Gustavo Adrián Arias Perdomo | 4.542.343-9 |
3o) La Dirección General de Casinos determinará, además, el o los términos de cada convocatoria de cada uno de los aspirantes que por la presente se le autoriza a contratar, de acuerdo a las necesidades del servicio; teniendo en cuenta el orden de prelación de los mismos en el mencionado Registro para cada destino y conforme al estatuto funcional que comprende a esta categoría de funcionarios en el marco de la normativa propia aplicable en la Dirección General de Casinos.
4o) La Dirección General de Casinos podrá disponer la interrupción de la convocatoria del personal contratado en las antedichas condiciones. En tal caso, dicho personal mantendrá formalmente el vínculo con el organismo sin obligación de asistencia y sin derecho a recibir retribución o beneficio alguno por el período respectivo, sin perjuicio de poseer la prioridad para incorporarse a la función pública contratada zafral frente a cualquier tercero ajeno al organismo.
5o) Una vez suscritos los contratos referidos, dicha Unidad Ejecutora deberá actualizar el Registro de Vínculos con el Estado, dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a su celebración.
6o) Comuniqúese a la Dirección General de Casinos y pase a sus efectos a la citada Unidad Ejecutora.
Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020