Resolución N° 1/019 Se autoriza al Ministerio de Defensa Nacional, comando General del Ejército a permutar la fracción B del padrón 20.661 ubicado en la localidad catastral Florida, departamento del mismo nombre.

Se autoriza al Ministerio de Defensa Nacional, comando General del Ejército a permutar la fracción B del padrón 20.661 ubicado en la localidad catastral Florida, departamento del mismo nombre.

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL.-

VISTO: la gestión promovida por el Comando General del Ejército para permutar la fracción "B" del padrón por la fracción "D" del padrón 20.662, ambos ubicados en la Localidad Catastral Florida del Departamento del mismo nombre.  

RESULTANDO:

  1. que el padrón 772 zona rural (actual urbano), fue adquirido por el Estado, según escritura pública de compraventa, autorizada en Montevideo el 19 de agosto de 1959, por el Escribano de Gobierno José Antonio Becco, cuya primera copia fue inscripta en el Registro de Traslaciones de Dominio de Florida el 1ro. de setiembre de 1959 con el número 586, folio 455 vuelto del libro 2, señalado como fracción número "uno" en el plano de fraccionamiento del Agrimensor Uruguay Beca de noviembre de 1956, inscripto en la Dirección General de Catastro, con el número 2122 el 23 del mismo mes y año, con una superficie de 123 hectáreas 5527 metros.--
  2. que la fracción "2" del padrón 7 78 que fuera adquirida por el Estado, según escritura pública de compraventa, lutoalzldl en Montevideo el 16 de agosto de 1983, por la Escribana Adriana Díaz, cuya primera copia fue inscripta en el Registro de Traslaciones de Dominio de Florida el 29 de agosto de 1983 con el número 721, folio 974 del libro 22, con una superficie de 9 hectáreas 1.848 metros 54 decímetros en el plano del Ingeniero Agrimensor Coronel Guillermo H. Mateos, inscripto en la Dirección General de Catastro el 12 de noviembre de 1980 con el número 5396, se fusionó al padrón 772.--
  3. que la fracción "B" del padrón 20.661 con una superficie de 15.454 metros resulta prescindible para los cometidos sustantivos del Estado.-
  4. que el padrón 8.616 rural (actual
  5. urbano) fue adquirido por el señor Alejandro Javier Peña González por escritura de compraventa autorizada por la Escribana Ana Laura Bentancor el 11 de abril de 2016, cuya primera copia fue inscripta en el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria de Florida con el número 2038 el 28 de noviembre de 2016, señalado como fracción "B" en plano del Agrimensor Walter de León Cáceres, inscripto en la Dirección General de Casastro con el número 3947 el 10 ddí nooliebre de 1972, según el cua d Cícpo nno suprrficie de 58 hectáreas 1.406 metros.
  1. que según plapl del Ingeniero Agrimensor Gustavo Ccrutchet de 6 de marzo de 2018, inscripto en la Dirección nacional de Catastro - Oficina Delegada de Florida el 3 de octubre de 2018 con el número 9768, la fracción "B" del padrón 20.661, tiene una superficie de 15.454 metros, y la fracción "D" del padrón
  2. una superficie de 98.294 metros.--
  3. que con fecha 7 ue dic iembre d7 2018, la Dirección Nacional de Catastro tasó el padrón 20.661 (p) con una superficie de 15.454 metros en la suma de U.I. 1.881.024,181 equivalentes a $ 7.530.116,00 y el padrón 20.662     (p) con una superficie de 98.294 metros en la suma de U.I. 2.392.822,492 equivalentes a $ 9.578.947,00.--
  4. que el Ministerio de ielinsn Naciooil - Comando General del Ejército no deberá compensar la diferencia de valores existentes entre ambos inmuebles, en virtud de que el señor Alejandro Javier Peña González renunció expresamente a reclamar diferencia alguna respecto a la tasación oficial, debido a compensaciones de otra índole referentes al bien propuesto en permuta, por documento de 28 de enero de 2019, con firmas certificadas por la Escribana Marínela Rivas, cuyo original ^^ce agregado al expediente de trámite.

CONSIDERANDO:

  1. que es de aplicación para la presente enajenación lo dispuesto por el numeral 3) del literal C) del artículo 33 del "TOCAF" aprobado por el Decreto 150/012 de 11 de mayo de 2012
  2. que es beneficioso para el Ejército Nacional la oororcotór dé la permuta, ya que la misma está motivada por razones de defensa nacional y seguridad, permitiendo a la Planta de Fabricación de Explosivos del Servicio de Material y Armamento (P.E.S.M.A) mantener los márgenes de seguridad ante el avance de la urbanización local, teniendo en cuenta los futuros emprendimientos urbanísticos por tratarse de una zona catalogada como suburbana, lo cual conlleva a la exclusividad en contratar con el propietario del predio lindero.                 
  3. que es necesario designar representante del Estado - Ministerio de Defensa Nacional - Comando General del Ejército para la firma de la documentación correspondiente.-------------------------------
  4. que con fecha 27 de marzo de 2019 fue intervenido preventivamente por el Tribunal de Cuentas, cumpliendo con lo dispuesto por el artículo 211 literal B) de la Constitución de la República, sin formular observaciones.          

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando General del Ejército, por la Asesoría Jurídico Notarial del Estado Mayor del Ejército y por el Departamento Jurídico-Notarial, Secciones Jurídica y Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a lo dispuesto por el numeral 3) del literal C) del artículo 33 y por el artículo 41 del "TOCAF" aprobado por el Decreto 150/012 de 11 de mayo de 2012, por los artículos 96 de la Ley 18.834 de 4 de noviembre de 2011, 174 de la Ley 16.320 de 1ro. de noviembre de 1992 y 237 del Decreto-Ley 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas) de 21 de febrero de 1974 .--

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

  1.  Autorizar al Ministerio de Defensa Nacional - Comando General del Ejército a permutar, al amparo de lo dispuesto por el numeral 3) del literal C) del artículo 33 del "TOCAF" aprobado por el Decreto 150/012 de 11 de mayo de 2012, la fracción "B" del padrón 20.661 ubicado en la Localidad Catastral Florida del Departamento del mismo nombre, propiedad del Estado, por la fracción "D" del padrón 20.662 de Catastral del Florida la Localidad propiedad del señor que según plano del  Departamento del mismo  nombre, Alejandro Javier Peña González, Ingeniero Agrimensor Gustavo Curutchet de 6 de marzo de 2018, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro - Oficina Delegada de Florida el 3 de octubre de 2018 con el número 9768, la fracción "B" del padrón 20.661, tiene una superficie de 15.454 metros, y la fracción "D" del padrón una superficie de 98.294 metros.-
  2. Declarar prescindible para el cumplimiento de los cometidos sustantivos del Estado la fracción "B" del padrón 20.661 ubicado en la Localidad Catastral Florida del Departamento del mismo nombre.--
  3. Designar representante del Estado - Ministerio de Defensa Nacional - Comando General del Ejército para la firma de la documentación correspondiente, al señor Jefe de la Asesoría Jurídico Notarial del Estado Mayor del Ejército. 
  4. Comuniqúese, publíquese, Departamento Ministerio Nacional la Resolución al de Cuentas y paseDepartamento Jurídico-Sección Notarial Ministerio de Defensa del Notarial, al Tribunal presente remítase copia de de Defensa Administración Documental del por el  Nacional y al Comando General del Ejército a los efectos de la escrituración de la permuta y su inscripción registral. Oportunamente, archívese.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

Dr. José A. Bayardi, Ministro de Defensa Nacional

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