Resolución N° 1/019 Se autoriza la realización del contrato de arrendamiento del inmueble padrón 29544/207 de la ciudad de Montevideo.

Se autoriza la realización del contrato de arrendamiento del inmueble padrón 29544/207 de la ciudad de Montevideo.

MINISTERIO DEL INTERIOR

Montevideo, 25 febrero 2019

VISTO: Las presentes actuaciones relativas a la celebración de un contrato de arrendamiento de una finca con destino de casa-habitación para el señor Encargado de la Dirección Nacional de la Educación Policial, Comisario General Henry Alejandro DE LEÓN CURCHO, titular de la cédula de identidad número 4.068.657-9, perteneciente al Ministerio del Interior -Secretaría-

RESULTANDO:

  1. Que se trata del inmueble empadronado con el número veintinueve mil quinientos cuarenta y cuatro barra doscientos siete (29.544/207) de la ciudad de Montevideo, Departamento homónimo, ubicado en la calle Arazatí número 1065. 
  2. Que de fojas 13 a 17 luce proyecto de contrato de arrendamiento, del que surge en su cláusula quinta que el precio mensual del arriendo asciende a la suma de $ 23.000 (pesos uruguayos veintitrés mil), más $ 3.000 (pesos uruguayos tres mil) de garaje obligatorio, el que será abonado conforme al sistema SIIF y en caso de prórroga, el precio se reajustará de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 14.219 de 4 de julio de 1974, sus modificativas y concordantes.-
  3. Que según surge de la cláusula cuarta del proyecto de contrato, el plazo del arrendamiento será de un año, contado a partir de la fecha de su suscripción con la opción de la parte arrendataria de un año más.
  4. Que se dio cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 40 del Decreto 150/012 de 11 de mayo de 2012 (T.O.C.A.F.), por lo que la Gerencia del Área de Infraestructura del Ministerio del Interior informó que la vivienda a arrendar se encuentra en buenas condiciones y el precio del alquiler está dentro del rango de valores del mercado.-
  5. Que la Dirección Nacional de la Educación Policial a fojas 31 informó que la presente erogación será atendida con Crédito de Funcionamiento del Grupo 2, Financiación 1.1., R.U.T. 214987500018.-

CONSIDERANDO:

  1. Que la parte arrendadora al momento de la suscripción del contrato deberá presentar certificado de propiedad del inmueble dado en arriendo y debe estar inscripta en el Registro Unico de Proveedores del Estado (R.U.P.E.) en estado Activo, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 46 numeral 3 del T.O.C.A.F., conforme lo informado por el Departamento Notarial de la Gerencia del Área Jurídico Notarial del Ministerio del Interior a fojas 18.
  2. Que en aplicación de lo dispuesto en la Circular N° 5/014 de 6 de octubre de 2014, modificativa de la Circular N° 8/013 de fecha 24 de octubre de 2013, si fuere voluntad de la autoridad jerárquica proceder al otorgamiento del contrato, y por tratarse de arrendamiento con destino casa habitación de un funcionario policial, corresponde autorizar la celebración del contrato de arrendamiento mencionado, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 81 de la Ley N° 9.940 de 2 de julio de 1940 y el artículo 2 del Decreto N° 425/993 de 28 de setiembre de 1993.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dictaminado por el Departamento Notarial de la Gerencia del Área Jurídico Notarial del Ministerio del Interior. 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

  1. AUTORIZAR la celebración de un contrato de arrendamiento, respecto del inmueble empadronado con el número veintinueve mil quinientos cuarenta y cuatro barra doscientos siete (29.544/207) de la ciudad de Montevideo, Departamento homónimo, ubicado en la calle Arazatí número 1065; para el señor Encargado de la Dirección Nacional de la Educación Policial, Comisario General Henry Alejandro DE LEON CURCHO, titular de la cédula de identidad número 4.068.657-9, perteneciente al Ministerio del Interior -Secretaría- por el precio de $ 23.000 (pesos uruguayos veintitrés mil), más $ 3.000 (pesos uruguayos tres mil) de garaje obligatorio, mensuales, conforme lo establecido en el Resultando II de la presente y plazo de un año a partir de la fecha de su suscripción, de acuerdo a lo relacionado en el Resultando III.
  2. La presente erogación será atendida con cargo al Crédito de Funcionamiento del Grupo 2, Financiación 1.1., R.U.T. 214987500018 (conforme surge a fojas 31).
  3. DESIGNAR al señor Encargado de la Dirección Nacional de la Educación Policial, para que en nombre y representación del Estado -Ministerio del Interior-, otorgue y suscriba el referido contrato y documentación pertinente.   
  4. PASE al Departamento Notarial de la Gerencia del Area Jurídico Notarial del Ministerio del Interior a los fines pertinentes, comunicar a la Dirección Nacional de la Educación Policial. Fecho remítase para intervención del gasto por parte del Contador Delegado del Tribunal de Cuentas de la República. Cumplido, tome nota la Gerencia del Área Financiera del Ministerio del Interior. Oportunamente, archívese.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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