Resolución N° 1/019 Se autoriza la transposición que se detalla en esta resolución.

Se autoriza la transposición que se detalla en esta resolución.

Montevideo. 1 9 FEB 2019

VISTO: lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley N° 19.438 de 14 de octubre de 2016;

CONSIDERANDO:

  1. que la misma autorizo en el Inciso 02 “Presidencia, de la República” el pago de un partida por guardería, en el Objeto del Gasto 578.007 “Servicios odontológicos, guardería y otros”, cuyo monto se encuentra habilitado en la UE 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes” desde donde se distribuirá a las otras unidades de acuerdo a las necesidades planteadas por cada una;
  2. que la trasposición propuesta no afecta el cumplimento de metas y objetivos de los programas involucrados;

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 72, numeral 3), de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 13 de la Ley N° 19.670 de 15 de octubre de 2018;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

Io) Autorízase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, la trasposición que se detalla a continuación, en la financiación 1.1 “Rentas Generales”, en pesos uruguayos:

Reforzante

Inciso

U.E.

Programa

Objeto

Aux

Importe S

02

001

481

578

007

4.950.000

Reforzado

 

 

 

 

 

Inciso

U.E.

Programa

Objeto

Aux

Importe S

02

00-1

481

578

007

1.200.000

02

006

482

578

007

350.000

02

007

420

578

007

2.000.000

02

008

483

578

007

450.000

02

009

482

578

007

150.000

02

010

484

578

007

800.000

 

2o) Comuniqúese al Contador Destacado del Tribunal de Cuentas, a la Contaduría General de la Nación, a las Unidades Ejecutoras reforzadas y pase a la División Financiero Contable de la Presidencia de la República a sus efectos.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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