Resolución N° 1/019 Se autoriza a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (Ursea) a contratar en régimen de becario a Nicolás Handerson Fernández.

Se autoriza a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (Ursea) a contratar en régimen de becario a Nicolás Handerson Fernández.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 28 FEB 2019

VISTO: Los antecedentes relacionados con la contratación de un/a estudiante de Ingeniería Civil, o Ingeniería Química, o Química orientación Calidad o Química orientación Agrícola y Medio Ambiente o Ingeniería de los Alimentos, para desempeñar tareas afines en el Departamento de Fiscalización de Agua y Saneamiento de la Gerencia de Fiscalización de la Unidad Ejecutora 006 “Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua” (URSEA) del Inciso 02 “Presidencia de la República”;

RESULTANDO:

  1. que por Resoluciones de la Secretaría de la Presidencia de la República, dictadas en ejercicio de atribuciones delegadas, “SP/201” de 22 de noviembre de 2016 y “SP/215” de 23 de enero de 2017, se procedió al Llamado público y abierto para la contratación de un (1) estudiante de las carreras mencionadas mediante la modalidad de becario para URSEA (expediente N° 0199­02-006-2016, llamado número 0047/2017);
  2. que el becario que fuera contratado mediante el proceso antes referido renunció a su contrato de beca, desvinculación que fuera aceptada según Resolución de la Presidencia de la República P/3069, de 16 de abril de 2018;
  3. que la lista de prelación del llamado N° 0047/2017 se agotó, al haber presentado quienes en ella figuraban su desistimiento a la contratación;
  4. que por Resolución de la Secretaría de la Presidencia de la República, dictada en ejercicio de atribuciones delegadas, SP/540, de fecha 22 de agosto de 2018, se autorizó el llamado para la contratación de un/a estudiante de las carreras mencionadas mediante la modalidad de becario; (expediente N° 0008-02-006-2018, llamado número N° 0151/2018);
  5. que URSEA procederá a utilizar la lista de prelación del llamado N° 0151/2018 que se encuentra vigente y también pertenece a dicho organismo y cuyo el perfil coincide en su totalidad con el del llamado N° 0047/2017 del becario que renunció:
  6. que, existe disponibilidad de acuerdo al informe producido por la Contaduría General de la Nación para la presente erogación;
  7. que la Oficina Nacional del Servicio Civil se ha pronunciado favorablemente;
  8. que el Tribunal de Concurso del llamado N° 0151/2018 se pronunció en los términos del Acta N° 4 de fecha 22 de noviembre de 2018;
  9. que el procedimiento y el fallo del Tribunal aatuunte cuenta con la homologación del Jerarca del Inciso;

CONSIDERANDO:

  1. que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2012 y Decreto 54/011 de 7 de febrero de 2011; Decreto N° 223/013 de ^de agosto de 2013;
  2. que el postulante seleccionado ha acreditado fehacientemente estar en condiciones de celebrar el respectivo contrato;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

  1. Autorízase a la Unidad Ejecutora 006 “Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua” (URSEA) del Inciso 02 “Presidencia de la República”, a contratar a Nicolás Handerson Fernández, titular del documento de identidad N° 4.914.760-5, en régimen de becario previsto por los artículos citados precedentemente, para desempeñar tareas afines en el Departamento de Fiscalización de Agua y Saneamiento de la Gerencia de Fiscalización de la Unidad Ejecutora 006 “Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua” (URSEA) del Inciso 02 “Presidencia de la República”, durante el plazo de dieciocho (18) meses, con una carga horaria de treinta (30) horas semanales de labor, por un salario nominal mensual de cuatro (4) BPC, que a valores de enero de 2019 es de pesos uruguayos 16.616, monto que se reajustará al incrementarse la BPC.
  2. Notifíquese al interesado y procédase a la firma del contrato respectivo.
  3. Autorízase indistintamente al Presidente o Vicepresidente de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA), a suscribir el contrato referido.
  4. Regístrese el referido contrato en el Registro de Vínculos con el Estado.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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