Resolución N° 1/019 Se autorizó a la Presidencia de la República, la realización de la campaña de bien público, relativa a la prevención del uso de drogas.
Se confirma la Resolución del Poder Ejecutivo N° 498/018, de 27 de setiembre de 2018, por la que se autorizó a la Presidencia de la República, la realización de la campaña de bien público prevista en el literal A) del artículo 95 de la ley n.° 19.307, del 29 de diciembre de 2014, desde el 1 hasta el 14 de octubre de 2018, relativa a la prevención del uso de drogas.
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
VISTO: el recurso de revocación interpuesto por la empresa MONTE CARLO TV S.A., contra la Resolución del Poder Ejecutivo N° 498/018, de 27 de setiembre de 2018;
RESULTANDO:
- que la citada Resolución autorizó a la Presidencia de la República la realización de la campaña de bien público prevista en el literal A) del artículo 95 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014, desde el 1 hasta el 14 de octubre de 2018, relativa a la "prevención del uso de drogas";-
- que desde el punto de vista formal, los recursos han sido presentados en tiempo y forma;
- que desde el punto de vista sustancial, la recurrente funda su agravio alegando abuso de poder, entiende que el acto carece de motivación, le infringe un perjuicio económico y atenta contra la continuidad de la emisión, agregando que no se le confirió vista previa;-
CONSIDERANDO:
- que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual informa que la Resolución cuestionada tiene claro asidero legal, en lo dispuesto por el literal A) del artículo 95 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014;
- que, asimismo manifiesta que no existe desviación o abuso de poder pues la norma habilita al Poder Ejecutivo a realizar campañas de bien público, lo que faculta a diseñarla de tal manera que logre llegar a la población objetivo y agrega que la motivación del acto puede surgir del acto mismo, de sus antecedentes o de la propia campaña, como ocurre en este caso;
- que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería entiende que el accionar de la administración fue ajustado a derecho, por lo que sugiere no hacer lugar al recurso Interpuesto, confirmando el acto cuestionado en todos sus términos;
ATENTO: a lo expuesto, a lo informado por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería y a lo dispuesto por las normas legales y reglamentarias citadas precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
- Confírmase la Resolución del Poder Ejecutivo N° 498/018, de 27 de setiembre de 2018, por la que se autorizó a la Presidencia de la República, la realización de la campaña de bien público prevista en el literal A) del artículo 95 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014, desde el 1 hasta el 14 de octubre de 2018, relativa a la prevención del uso de drogas.-
- Comuniqúese, notifíquese, y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a sus efectos. Cumplido archívese.
Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020