Resolución N° 1/019 Se convalida el contrato de asesoramiento técnico celebrado por el canciller de la República, Rodolfo Nin Novoa, y la ministra de Industria, Carolina Cosse, con GPR Economía S.A.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
VISTO: el procedimiento arbitral iniciado por la empresa Distribuidora de Gas de Montevideo S.A. (Montevideo Gas) ante el Centro de Conciliación y Arbitraje - Corte de Arbitraje Internacional para el Mercosur - Bolsa de Comercio - Uruguay, contra la República Oriental del Uruguay por supuestos incumplimientos;
RESULTANDO:
- que resulta imprescindible realizar todas las acciones que permitan articular la defensa de los intereses de la República Oriental del Uruguay;
- que con fecha 26 de diciembre de 2018, el señor Canciller de la República, Rodolfo Nin Novoa y la señora Ministra de Industria, Energía y Minería, Ing Carolina Cosse, suscribieron el contrato de asesoramiento técnico con GPR ECONOMÍA S.A., representada por Diego Petrecolla en calidad de Presidente, para el análisis y la elaboración de los informes de su especialidad para ser agregado al Memorial de Contestación de la Demanda y Demanda de Reconvención, Memorial de Dúplica a la Réplica de la Contestación de Demanda y Réplica a la Contestación de Demanda Reconvencional y la comparecencia de los profesionales del experto en las audiencias del referido arbitraje;
- que el gasto fue observado por el Tribunal de Cuentas, por entender que no se justifica la causal de excepción para la selección directa del co-contratante, y por tanto, debió realizarse el procedimiento competitivo que de acuerdo con el monto de la contratación corresponde, asimismo por haberse suscrito el convenio con anterioridad a la remisión de los antecedentes a intervención de dicho Tribunal;
CONSIDERANDO:
- que el Poder Ejecutivo no se encuentra en condiciones materiales de ejecutar con sus funcionarios el objeto del arriendo;
- que se entiende conveniente convalidar el citado contrato de arrendamiento de obra, el que cumple estrictamente con la descripción legal;
- que el Ministerio de Economía y Finanzas se hará cargo de las erogaciones resultantes del pago de honorarios, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 15 numeral 3) del TOCAF 2012;
- que la Contaduría General de la Nación no formula observaciones a la contratación propuesta;
- que la contratada es una empresa consultora experta en regulación económica, con amplia experiencia en la materia, por lo que la competencia y la experiencia requeridas, resultan fehacientemente comprobadas, justificando ampliamente su contratación, la que es imprescindible para asistir al Estado uruguayo en el procedimiento arbitral iniciado por la empresa Distribuidora de Gas de Montevideo S.A. (Montevideo Gas), procediendo por tanto, reiterar el gasto emergente;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 211 literal B de la Constitución de la República y 47 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 3 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
- Convalídase el contrato de asesoramiento técnico celebrado por el señor Canciller de la República, Rodolfo Nin Novoa y la señora Ministra de Industria, Energía y Minería, Ing. Carolina Cosse, con GPR ECONOMÍA S.A., representada por Diego Petrecolla en calidad de Presidente, para la realización del análisis y la elaboración de los informes de su especialidad para ser agregado al Memorial de Contestación de la Demanda y Demanca de Reconvención, Memorial de Dúplica a la Réplica de la Contestación de Demanda y Réplica a la Contestación de Demanda Reconvencional y la comparecencia de los profesionales del experto en las audiencias del procedimiento arbitral iniciado por la empresa Distribuidora de Gas de Montevideo S.A. (Montevideo Gas).
- Insístese en el gasto emergente de la presente contratación por la suma de U$S 100.000 (dólares estadounidenses cien mil) más impuestos aplicables a lo no residentes.
- Las erogaciones resultantes del pago de honorarios y gastos de los profesionales de GPR ECONOMÍA S.A., serán atendidas con cargo al Inciso 24, Unidad Ejecutora 024, Programa 488, Objeto del Gasto 713, Financiación 1.1.
- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a abonar los importes que surjan de la ejecución del contrato adjunto de acuerdo a los términos pactados en el mismo.
- Dése cuenta a la Asamblea General.
- Comuniqúese, etc.
Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020