Resolución N° 1/019 Se da el consentimiento a la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev) para celebrar con las instituciones que se nombran el convenio marco que se adjunta.

Se da el consentimiento a la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev) para celebrar con las instituciones que se nombran el convenio marco que se adjunta.

SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Montevideo, 30 MAY 2019

VISTO: la gestión promovida por la Unidad Nacional de Seguridad Vial (UNASEV);

RESULTANDO: que el Director de la Unidad Nacional de Seguridad Vial solicita el consentimiento previo para celebrar un Convenio Marco con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP), el Banco de Seguros del Estado (BSE), la Federación Uruguaya de Empleados de Comercio y Servicios (FUECYS - PIT- CNT), la Cámara Nacional de Alimentación (CNA), el Centro de Almaceneros Minoristas, Baristas, Autoservicistas y Afines del Uruguay (CAMBADU), la Asociación de Farmacias del Interior (AFI) y el Centro de Farmacias del Uruguay (CFU);

CONSIDERANDO:

  1. que el acuerdo tiene por objeto fomentar la formación y capacitación laboral y técnico profesional de los trabajadores de reparto en moto mediante el intercambio y la cooperación entre las partes y contribuir a la prevención, promoción de la salud y seguridad laboral en los ámbitos de trabajo en coordinación con las organizaciones sindicales de trabajadores y de cámaras empresariales;
  2. que el numeral 18 del artículo 6 de la Ley N° 18.113 de 18 de abril de 2007, en la redacción dada por el artículo 45 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015 autoriza a la UNASEV a celebrar acuerdos, contratos, convenios y alianzas estratégicas bilaterales o multilaterales para el cumplimiento de sus cometidos, a cuyo efecto recabará previamente el consentimiento de la Presidencia de la República;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto 205/016 de 4 de julio de 2016;

EL SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:

  1. Otórgase el consentimiento a la Unidad Nacional de Seguridad Vial para celebrar con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional, el Banco de Seguros del Estado, la Federación Uruguaya de Empleados de Comercio y Servicios, la Cámara Nacional de Alimentación, el Centro de Almaceneros Minoristas, Baristas, Autoservicistas y Afines del Uruguay, la Asociación de Farmacias del Interior y el Centro de Farmacias del Uruguay, el Convenio Marco que luce adjunto a la presente Resolución y forma parte de la misma.
  2. Comuniqúese, etc.

Dr. Miguel A. Toma, secretario de la Presidencia de la República

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