Resolución N° 1/019 Se da el consentimiento a la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev) para celebrar con las instituciones que se nombran el convenio marco que se adjunta.
SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
VISTO: la gestión promovida por la Unidad Nacional de Seguridad Vial (UNASEV);
RESULTANDO: que el Director de la Unidad Nacional de Seguridad Vial solicita el consentimiento previo para celebrar un Convenio Marco con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP), el Banco de Seguros del Estado (BSE), la Federación Uruguaya de Empleados de Comercio y Servicios (FUECYS - PIT- CNT), la Cámara Nacional de Alimentación (CNA), el Centro de Almaceneros Minoristas, Baristas, Autoservicistas y Afines del Uruguay (CAMBADU), la Asociación de Farmacias del Interior (AFI) y el Centro de Farmacias del Uruguay (CFU);
CONSIDERANDO:
- que el acuerdo tiene por objeto fomentar la formación y capacitación laboral y técnico profesional de los trabajadores de reparto en moto mediante el intercambio y la cooperación entre las partes y contribuir a la prevención, promoción de la salud y seguridad laboral en los ámbitos de trabajo en coordinación con las organizaciones sindicales de trabajadores y de cámaras empresariales;
- que el numeral 18 del artículo 6 de la Ley N° 18.113 de 18 de abril de 2007, en la redacción dada por el artículo 45 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015 autoriza a la UNASEV a celebrar acuerdos, contratos, convenios y alianzas estratégicas bilaterales o multilaterales para el cumplimiento de sus cometidos, a cuyo efecto recabará previamente el consentimiento de la Presidencia de la República;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto 205/016 de 4 de julio de 2016;
EL SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
- Otórgase el consentimiento a la Unidad Nacional de Seguridad Vial para celebrar con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional, el Banco de Seguros del Estado, la Federación Uruguaya de Empleados de Comercio y Servicios, la Cámara Nacional de Alimentación, el Centro de Almaceneros Minoristas, Baristas, Autoservicistas y Afines del Uruguay, la Asociación de Farmacias del Interior y el Centro de Farmacias del Uruguay, el Convenio Marco que luce adjunto a la presente Resolución y forma parte de la misma.
- Comuniqúese, etc.
Dr. Miguel A. Toma, secretario de la Presidencia de la República
