Resolución N° 1/019 Se declara al fideicomiso del sanatario del Banco de Seguros del Estado exonerado de pago del IVA a los bienes que se detalla.
Se declara al fideicomiso del sanatario del Banco de Seguros del Estado exonerado de pago del IVA a los bienes que se detalla.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
VISTO: la gestión promovida por la Corporación Nacional para el Desarrollo, en su carácter de fiduciaria del Fideicomiso del Sanatorio del Banco de Seguros del Estado, por la que solicita la exoneración del Impuesto al Valor Agregado, para la importación de determinados bienes.
RESULTANDO:
- que el Banco de Seguros del Estado (en carácter de fideicomitente) y la Corporación Nacional Para el Desarrollo (en carácter de fiduciaria) convinieron la constitución de un fideicomiso denominado “Fideicomiso del Sanatorio del Banco de Seguros del Estado”.
- que la finalidad del citado fideicomiso es administrar los bienes fideicomitidos para financiar la elaboración del anteproyecto, del proyecto arquitectónico y del proyecto ejecutivo y la construcción del nuevo sanatorio del Banco de Seguros del Estado, así como llevar adelante las tareas relacionadas a la dotación de equipamiento del futuro sanatorio y a su puesta en funcionamiento.
- que los bienes cuya importación se solicita serán destinados al equipamiento de la Nueva Central de Servicios Médicos del Banco de Seguros del Estado.
- que el Ministerio de industria, Energía y Minería informó que la importación de referencia no es competitiva con la industria nacional.
CONSIDERANDO:
- que el Fideicomiso del Sanatorio del Banco de Seguros del Estado, cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5o del Decreto N° 176/015 de 29 de junio de 2015, en la redacción dada por el Decreto N° 217/018 de 16 de julio de 2018.
- que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas no advierte objeciones a la presente gestión, entendiendo que le corresponde la exoneración del Impuesto al Valor Agregado establecida en la normativa citada.
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 5o del Decreto N° 176/015 de 29 de junio de 2015, en la redacción dada por el Decreto N° 217/018 de 16 de julio de 2018, y a lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
- Declárase al Fideicomiso del Sanatorio del Banco de Seguros del Estado, exonerado del pago del Impuesto al Valor Agregado, en ocasión de la importación de los bienes descriptos en la factura proforma número LL01/BI.RAD056, de la firma Mare Ltda., por un valor de U$S 255.000,00 (doscientos cincuenta y cinco mil dólares de los Estados Unidos de América), cuya copia se adjunta y forma parte de la presente Resolución.
- Comuniqúese a la Dirección General Impositiva y a la Dirección Nacional de Aduanas, notifíquese y archívese.
Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020