Resolución N° 1/019 Se declara como Proyecto Deportivo Promovido al presentado por la Federación Uruguaya de Judo.

Se declara como Proyecto Deportivo Promovido al presentado por la Federación Uruguaya de Judo.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 25 FEB 2013

VISTO: el proyecto presentado por la Federación Uruguaya de Judo, denominado “Clasificación Juegos Panamericanos 2019 y Olímpicos 2020”, que pretende ser declarado proyecto deportivo promovido, al amparo de las disposiciones de la Ley N° 18.833 de 28 de octubre de 2011.

RESULTANDO: que el objetivo del referido proyecto consiste en clasificar dos atletas a los Juegos Panamericanos 2019 y un atleta a los Juegos Olímpicos 2020.

CONSIDERANDO:

  1. que la Comisión de Proyectos Deportivos (COMPRODE) creada por el artículo 2o de la Ley N° 18.833 de 28 de octubre de 2011, en base al informe de evaluación de la Unidad de Apoyo al Desarrollo del Deporte (UNADEP) y en virtud que el proyecto cumple con los objetivos descriptos en el artículo 4o de la citada Ley, decidió remitir dicho proyecto al Poder Ejecutivo sugiriendo su promoción, según lo dispuesto por Resolución de COMPRODE de 17 de diciembre de 2018.
  2. que el proyecto presentado por la Federación Uruguaya de Judo es acompañado por el mecenas CONAREY S.A.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 4o,11 y 12 y demás disposiciones de la Ley N° 18.833 de 28 de octubre de 2011, en su Decreto reglamentario N° 308/015 de 24 de noviembre de 2015 y en la Ley N° 19.331 de 20 de julio de 2015,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

  1. Declárase como Proyecto Deportivo Promovido (PRODEP) al proyecto presentado por la Federación Uruguaya de Judo (RUT N° 180143910013) denominado “Clasificación Juegos Panamericanos 2019 y Olímpicos 2020” cuyo objetivo consiste en clasificar dos atletas a los Juegos Panamericanos 2019 y un atleta a los Juegos Olímpicos 2020 por un total de $ 665.000 (pesos uruguayos seiscientos sesenta y cinco mil).
  2. Autorízase a la empresa CONAREY S.A. (RUT N° 213254510013) a imputar como pago a cuenta de los Impuestos a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) y/o al Patrimonio (IP), un total de $ 498.750 (pesos uruguayos cuatrocientos noventa y ocho mil setecientos cincuenta), convertidos en UR (unidades reajustables) a la cotización de la entrega efectiva, correspondiente al 75% (setenta y cinco por ciento) del total de las sumas donadas con destino a financiar el proyecto deportivo presentado por la Federación Uruguaya de Judo y a considerar como gasto deducible del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) un total de $ 166.250 (pesos uruguayos ciento sesenta y seis mil doscientos cincuenta).
  3. El total del monto donado por el mecenas en el ejercicio, no podrá superar el 5% (cinco por ciento) de su renta neta fiscal del ejercicio anterior. En caso de que se exceda dicho límite, el exceso no gozará de beneficio fiscal.
  4. Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y funcionamiento del presente proyecto, y al objetivo respecto al proyecto y al cronograma de ejecución de inversiones presentados. Su incumplimiento podrá, cuando a ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio o a petición de parte, la revocación de la declaratoria promocional, y en caso de corresponder la reliquidación de los tributos exonerados con multas y recargos, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 18.833 de 28 de octubre de 2011, en su Decreto reglamentario N° 308/015 de 24 de noviembre de 2015, y demás disposiciones concordantes.
  5. Dispónese que la Federación Uruguaya de Judo deberá hacer mención y difundir por el medio que a juicio de la COMPRODE resulte razonable, que el resultado del Proyecto Deportivo Promovido, se realizó al amparo de la Ley N° 18.833 de 28 de octubre de 2011.
  6. Comuniqúese a la Secretaría Nacional del Deporte y a la Dirección General Impositiva. Cumplido, pase a la Comisión de Proyectos Deportivos para proceder al seguimiento de la implementación del proyecto.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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