Resolución N° 1/019 Se homologa el fallo emitido por el Tribunal Superior de Honor de la Fuerza Aérea el 27 de diciembre de 2018.

Se homologa el fallo emitido por el Tribunal Superior de Honor de la Fuerza Aérea el 27 de diciembre de 2018.

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL. -

Montevideo,30 mayo 2019

VISTO: el Fallo emitido por el Tribunal Superior de  Honor de la Fuerza Aérea convocado para entender en el caso del Coronel (Av.) en situación de retiro José Araújo Umpiérrez.

  1. que estas actuaciones se relacionan con la participación del citado militar en hechos que determinaron el fallecimiento del señor Ubagesner Chaves Sosa en el año 197 6 y por los cuales, resultó condenado por la justicia penal ordinaria.-
  2. que la condena fue dispuesta por Sentencia Nro. 27/2 013 de 6 de febrero de 2013 dictada por el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Ejecución y Vigilancia de 2d.o. Turno dictado en autos caratulados "Ribero Ugartemendia, Enrique y otro. Homicidio Político." IUE 88-97/2010, confirmada tanto por la Sentencia Nro. 105 de 7 de mayo de 2 014 dictada por el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3 er. 'Turno, como por la Sentencia Nro127 de 7 de mayo de 2015 dictada por la Suprema Corte de Justicia.-
  3. que por Acta de Fallo Nro.  20/18 de 27 de diciembre de 2018, el Tribunal Superior de Honor de la Fuerza Aérea, por unanimidad, estableció que la situación del Oficial Superior encuadra dentro del Límite D2 "Descalificación por falta gravísima, haciendo constar que fue un hecho aislado y afecta el honor de las Fuerzas Armadas". 
  4. que por Acta Especial de Notificación Nro. 21/18 de 28 de diciembre de 2018, se procedió a notificar el Fallo al interesales, conforme a lo ordenado por el articulo 115 del Reglamento de los Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Decreto 55 /985 de 8 de febrero de 1985.

CONSIDERANDO:

  1. que el Departamento Juridico Notarial, Sección Juridica de Ministerio de Defensa Nacional, concluyó que la actuación del Tribunal de Honor ha sido conforme a derecho, sugiriendo la homologación del Fallo por el Poder Ejecutivo, de acuerdo a lo ordenado por el articulo 104 del Reglamente de los Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas aprobado por el Decreto 55/985 de 8 de febrero de 1985.
  2. que en atención al Limite D2 en el cual se encuadro la conducta del Oficial, corresponde el pase a situación de reforma, de acuerdo a lo previsto por el articulo 113 del mencionado Reglamento y por el literal C del articulo 212 del Decreto Ley 14.157  (Orgánico de las Fuerzas Armadas) de 21 de febrero de 1974.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea y por el Departamento Juridico-Notarial, Sección jurídica del Ministerio de Defensa Nacional y a lo dispuesto por el Reglamento de los Tribunales de Honor de ras Fuerzas r aprobado por el Decreto 55/985 de 8 de febrero de 1985, el literal C del articulo 212 del Decreto Ley 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas) de 21 de febrero de 1974.-

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUEL
VE:

  1.  Homologar el Fallo emitido por el Tribunal Superior de Honor de la Fuerza Aérea el 27 de diciembre de 2018, el cual resolvió en relación al señor Coronel (Av.) en situación de retiro José Araújo Umpiérrez, encuadrar por unanimidad el mismo, en el Límite D2 "Descalificación por falta gravísima, haciendo constar que fue un hecho aislado y afecta el honor- de las Fuerzas Armadas".--
  2.  Pasar a situación de reforma al señor Coronel (Av.) en situación de retiro José Araújo Umpiérrez, de acuerdo a lo previsto en el literal C artículo 212 del Decreto Ley 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armacl^s) de 21 de febrero de 1974.- 3ro.- Comuniqúese, publíquese y pase a la Dirección General de Recursos Humanos, Sección Personal Militar a los efectos de lo establecido en el artículo 12 0 del "Reglamento de los Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas" aprobado por el Decreto 55 /9 85 de 8 de febrero de 1985 en la redacción dada por el artículo 1ro. del Decreto 291/000 de 10 de octubre de 2000 y al Comando General de la Fuerza Aérea para la notificación del interesado y demás efectos. Posteriormente, pase al Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas. Oportunamente, archívese.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

Dr. José A. Bayardi, Ministro de Defensa Nacional

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