Resolución N° 1/019 Se prorroga por veinte días hábiles el plazo dispueto por el inciso 1.° del artículo 15 de la ley n.° 18.381, del 17 de octubre de 2008, para resolver la solicitud de información formulada por Federica Bordaberry.

Se prorroga por veinte días hábiles el plazo dispueto por el inciso 1.° del artículo 15 de la ley n.° 18.381, del 17 de octubre de 2008, para resolver la solicitud de información formulada por Federica Bordaberry.

SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Montevideo, 20 MAY 2019

VISTO: la solicitud de información pública formulada por la señora Federica Bordaberry;

RESULTANDO: que por la misma solicita “Cualquier información que se encuentre pública sobre el uso y consumo de la ayahuasca en Uruguay”-, CONSIDERANDO: que a los efectos de la búsqueda de la información solicitada, resulta exiguo el plazo inicial de veinte días hábiles, por lo que se hace necesario disponer una prórroga por otros veinte días hábiles;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el inciso 2o del artículo 15 de la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008;

EL SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:

  1. Prorrógase por veinte días hábiles el plazo dispuesto por el inciso 1o del Artículo 15 de la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008 para resolver la solicitud de información formulada por la señora Federica Bordaberry.
  2. Notifíquese, comuniqúese, etc.

Dr. Tabaré Vázquez, Presidente de la República Oriental del Uruguay, periodo 2015-2020

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